Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (03/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Martes 3 de febrero de 2015 546065 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Dan por concluida designación de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2015-TR Lima, 2 de febrero de 2015CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2014-TR de fecha 01 de agosto de 2014, se designó al señor Fidel Hidalgo Solís en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Con la visación del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29318, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, con e fi cacia anticipada al 28 de enero de 2015, la designación del señor FIDEL HIDALGO SOLIS, como Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1196144-1 Acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2015-TR Lima, 2 de febrero de 2015VISTO: La Carta de fecha 13 de enero de 2015 de la Central Unitaria de Trabajadores; el O fi cio N° 018- CEN-CTP-2015 de la Confederación de Trabajadores del Perú y los O fi cios N°s. 012 y 024-2015-MTPE/1/27 del Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación de materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al sector trabajo y promoción del empleo. Dicho Consejo Nacional está integrado, entre otros, por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP); Que, el precitado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada por Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable; Que, mediante Resolución Ministerial N° 199-2012- TR se acreditó a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre ellos a los representantes de los trabajadores; Que, en atención a los documentos de visto, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) remiten sus propuestas para acreditar a sus representantes, titular y suplente, respectivamente, frente al Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Con las visaciones del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Acreditar a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a que se refi ere el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo al siguiente detalle: Representantes de los TrabajadoresCentral Unitaria de Trabajadores (CUT)Titular : Alfonso Hernán Gamboa Briceño Alterno: Senobio Urbano Garay Gutiérrez Confederación de Trabajadores del Perú (CTP)Titular : Teodoro Zapata Suclupe Alterno: Mitraton Eloy Julca Ibañez Artículo 2 º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1196144-2