Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2015 (03/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional. Registrese , comuniquese y publiquese. MORDAZA W. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1195967-1

El Peruano Martes 3 de febrero de 2015

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2015
ORDENANZA Nº 250-MDPP MORDAZA MORDAZA, 29 de Enero del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha; 29 de Enero del 2015; El Proyecto de Ordenanza del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 con motivo de la celebracion del Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de MORDAZA Piedra; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociendoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Codigo Civil en su articulo 233º establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 234º del Codigo Civil senala que el matrimonio es la union voluntaria concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de la MORDAZA sustantiva a fin de hacer MORDAZA en comun; Que, el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley en concordancia con el articulo 40º de la acotada MORDAZA legal; Que, existen en el Distrito de MORDAZA MORDAZA numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil; Que, con motivo de Conmemorase un Aniversario mas de la Creacion Politica del Distrito de MORDAZA MORDAZA se propone la realizacion de la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el dia 14 de Febrero del 2015; Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica; Que, mediante Ordenanza Nº 175-MDPP de fecha 24 de junio del 2011 el concejo municipal aprobo exonerar parcialmente en 50% el monto establecido en el MORDAZA por concepto de pago de derecho de tramite para la celebracion de matrimonios civiles-"ceremonia en la

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municipalidad" cuando dichas ceremonias se celebren en matrimonios comunitarios. Que, en el Texto Unico de ProcedimientosAdministrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA el Derecho de Tramitacion de Pago para la celebracion de Matrimonios Civiles- "Ceremonia en la Municipalidad" es la cantidad de S/.67.60 Nuevos Soles con la finalidad de dar mayores facilidades en el aspecto economico a los contrayentes es necesario autorizar la rebaja del Derecho de Tramitacion de Pago a la suma de S/.50.00 (Cincuenta Nuevos Soles) para la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el dia 14 de Febrero del 2015. Estando con las opiniones favorables mediante el Memorandum Nº 021-2015-SG-MDPP de la Secretaria General, el Informe Nº 017-2015-MDPP-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el articulo 40º de la citada MORDAZA, y con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el dia 14 de Febrero del 2015 con motivo de la celebracion del Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de MORDAZA Piedra. Articulo Segundo.- Autorizar la rebaja del Derecho de Tramitacion de Pago establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para la celebracion de Matrimonios Civiles- "Ceremonia en la Municipalidad" de la cantidad de S/.67.60 Nuevos Soles a la suma de S/.50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 para el dia 14 de Febrero del 2015. Articulo Tercero.- Los interesados en contraer matrimonio civil comunitario deberan cumplir con presentar los siguientes requisitos: a) Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes, actualizada con no mas de 30 dias de antiguedad (Art. 248 Codigo Civil). b) MORDAZA Simple legible del DNI de ambos contrayentes c) Declaracion Jurada de Domicilio. d) Certificado Pre Nupcial. e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso establecido en el MORDAZA vigente. f) Foto tamano carne o pasaporte (actualizada) de ambos contrayentes g) Declaracion Jurada de Solteria de ambos contrayentes. h) MORDAZA simple del DNI de dos Testigos no familiares i) Comprobante de pago cancelado en caja. Articulo Cuarto.- Para el cumplimiento de la MORDAZA del requisito de certificado medico prenupcial solo se admitiran como validos los expedidos en el centro medico municipal o en cualquier area de salud particular de la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA Piedra. Articulo Quinto.- Dispensar el plazo de la publicacion de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen en el I Matrimonio Civil Comunitario 2015 en concordancia a lo dispuesto en el articulo 252 del Codigo Civil. Articulo Sexto.- Derogar la Ordenanza Nº 175-MDPP de fecha 24 de Junio del 2011. Articulo Setimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion, Finanzas y Planeamiento el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1195809-1

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