Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2015 (16/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Lunes 16 de febrero de 2015

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Que, segun el articulo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las politicas publicas que orientan la intervencion del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, segun el articulo 8 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de dialogo, coordinacion y elaboracion de politicas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ambito distrital; son presididas por el MORDAZA Distrital de la jurisdiccion respectiva, recayendo la Secretaria Tecnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo segun el articulo 30 del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Tecnica, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobacion, ademas de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal Distrital, para su ratificacion mediante ordenanza; Que, al respecto la Gerencia de Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 02-2015-GSC/MM de fecha 22 de enero de 2015, indica que en sesion del 09 de enero de 2015 se aprobo el Plan Estrategico de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015; asimismo, que la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, a traves del Memorandum Nº 15-2015-GPP-MM del 20 de enero de 2015, concluye con opinion favorable respecto al mencionado Plan, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional al ano 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Miraflores 2005-2015 y Plan Estrategico Institucional de la Municipalidad de Miraflores 2011-2015, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoria Juridica senala, en el Informe Legal Nº 020-2015-GAJ/ MM del 20 de enero de 2015, que el Plan Estrategico de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Miraflores, corresponde ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales respectivos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN ESTRATEGICO DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2015 Articulo Primero.- Ratificar el Plan Estrategico de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Miraflores segun acta de fecha 09 de enero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demas normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del articulo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza; a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www. mirafloresgob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1200390-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2015-MPC-AL Callao, 30 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Vistos: el Informe Nº 012-2015-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalizacion, Memorando N° 085-2015MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y Memorando N° 001-2015-MPC/GGSCGDC de la Gerencia de Defensa Civil, sobre modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Municipal N° 027-2014, de fecha 26 de diciembre del 2014, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA ­ 2014) de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Memorando N° 001-2015-MPC/ GGSC-GDC, de fecha 28 de enero del 2015, la Gerencia de Defensa Civil perteneciente a la Gerencia General de Seguridad Ciudadana, solicita la adecuacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, en lo que respecta a la Gerencia de Defensa Civil, adecuando los plazos para resolver de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo N° 058-2014PCM, de fecha 14 de setiembre del 2014, que aprueba el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones; Que, la Gerencia de Racionalizacion perteneciente a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, a traves del Informe Nº 012-2015-MPC/ GGPPR-GR, de fecha 30 de enero del 2015, senala que para el cumplimiento de la meta del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal (PI) del Ano 2015, se debe adecuar el plazo y la calificacion de la evaluacion de los procedimientos administrativos de la Gerencia de Defensa Civil, en el actual MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, el articulo 36° numeral 3) en concordancia con el articulo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Seguridad Ciudadana y Asesoria Juridica y Conciliacion y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 027-2014, los Procedimientos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, de la Gerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana, conforme al anexo que se acompana y forma parte del presente Decreto. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y encarguese a la Gerencia de Informatica la publicacion del mismo y anexo en el MORDAZA Web de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe.

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