Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2015 (16/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 182° de la Constitucion Politica, le corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), organizar todos los procesos electorales, de referendum y los de otros tipos de consulta popular; Que, en ese sentido, de conformidad con el articulo 19° de la Ley N° 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura y el numeral VI de las Disposiciones Generales del Reglamento para la eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios de Abogados del MORDAZA para el periodo 2015-2020 - Reglamento, aprobado mediante la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura N° 3082014-CNM, es competencia de la ONPE la organizacion y desarrollo de la referida eleccion; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 256-2014-J/ ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el dia 10 de noviembre de 2014, este organismo electoral convoco a la referida eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los Colegios de Abogados del MORDAZA para el periodo 20152020, para el dia 12 de MORDAZA de 2015; Que, el mismo articulo 19° MORDAZA citado establece ademas que para ser candidato en el referido MORDAZA electoral, se requiere contar con la adhesion de no menos del 5% de los miembros activos de su respectivo Colegio Profesional, y en ningun caso puede ser menor a cien (100) adherentes, considerando exclusivamente los padrones presentados ante la ONPE; Que, la Gerencia de Gestion Electoral luego de verificadas las firmas de las listas de adherentes contenidas en los expedientes remitidos por la Secretaria General, ha emitido su informe final, a traves del Memorando N° 000289-2015-GGE/ONPE, conforme a lo dispuesto en el articulo 26° de las Disposiciones aprobadas con Resolucion Jefatural Nº 281-2014-J/ONPE; Que, conforme lo establecido en el articulo 11° de las referidas Disposiciones, la Secretaria General mediante el Informe N° 000023-2015-SG/ONPE comunica la relacion de los aspirantes a candidatos que han cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 7° del Reglamento de la eleccion MORDAZA citada; Que, de conformidad con los articulos 11° y 12° del Reglamento y a lo establecido en el articulo 27° de las Disposiciones MORDAZA mencionadas, la Jefatura Nacional emitira la Resolucion Jefatural con la lista de candidatos inscritos para la presente eleccion, a efectos que cualquier ciudadano, de considerarlo pertinente, pueda ejercer su derecho a interponer tachas a las candidaturas presentadas, de ser el caso; De conformidad con los literales c) y h) del articulo 5° de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487; literal n) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado mediante Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente, y de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y con el visado de la Secretaria General, de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Gestion Electoral; SE RESUELVE: MORDAZA, 11 de febrero de 2015 Articulo Primero.- Aprobar la lista de candidatos inscritos para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, Titular y Suplente, por los miembros de los Colegios de Abogados del MORDAZA para el periodo 2015-2020, a efectos que cualquier ciudadano de considerarlo pertinente, pueda ejercer su derecho a interponer tachas, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion y su anexo para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y de su anexo en el diario oficial El Peruano, en otro de circulacion nacional, asi como en el MORDAZA Institucional, www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

El Peruano Lunes 16 de febrero de 2015

ANEXO DE LA RESOLUCION JEFATURAL Nº 052-2015-J/ONPE Relacion de lista de candidatos de los Colegios de Abogados del MORDAZA inscritos para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, Titular y Suplente, por los miembros de los Colegios de Abogados del MORDAZA para el periodo 2015-2020, sujetos a tacha por los ciudadanos
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Colegio Profesional Abogados de MORDAZA Abogados de MORDAZA Abogados de MORDAZA Abogados del Callao Abogados de Ica Abogados de MORDAZA Norte Abogados de MORDAZA de MORDAZA Abogados de MORDAZA Abogados de MORDAZA Abogados de Huaura Aspirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN MORDAZA MORDAZA BELAUNDE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OGRES SAUSA MORDAZA MORDAZA MORDAZA YLDEFONSO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARDELLI LARTIRIGOYEN Minimo Requerido 1,634 1,634 1,634 119 100 100 100 206 103 100 Firmas Validas 1,643 1,636 1,636 123 102 102 104 208 106 102

1200837-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fijan tasa de contribucion para Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Personas Juridicas y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, para el ano 2015
RESOLUCION SBS Nº 1107-2015

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el articulo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones a cargo de las empresas y personas supervisadas; Que, el numeral 4 del articulo 374º de la referida Ley dispone que tratandose de otras instituciones o personas sujetas a su control, las contribuciones se fijan equitativamente, de acuerdo con lo que establezca el Superintendente mediante MORDAZA de caracter general; Que, dentro de la clasificacion de otras instituciones o personas sujetas al control de esta Superintendencia, se

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