Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2015 (18/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Miercoles 18 de febrero de 2015

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publicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades, el concejo municipal aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que contiene 05 (cinco) titulos, 10 (diez) capitulos, 105 (ciento cinco) articulos y 04 (cuatro) disposiciones complementarias finales y 01 (un) anexo. Articulo 2º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a los 30 dias calendario despues de su publicacion, en la misma fecha, queda derogada la ordenanza Nº233MDSM y toda otra MORDAZA que se oponga a la ordenanza aprobada. Articulo 3º.- El dispositivo legal aprobado se publicara en el Diario Oficial El Peruano y el texto integro de los documentos de gestion aprobados en el MORDAZA municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www. munisanmiguel.gob.pe.) Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA 1201172-1

Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen el cumplimiento de la presente Ordenanza Por Tanto: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE MORDAZA 1201594-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 279-MDSM San MORDAZA, 6 de febrero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley Nº27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades, a traves del cual establece que, los gobiernos locales gozan dichas autonomias y radican en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 9° del Decreto Supremo N°043-2006PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, define al ROF como el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la entidad, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especificas de sus organos y unidades organicas y establece sus relaciones y responsabilidades, asimismo los lineamientos tienen por finalidad estandarizar su elaboracion y generar estructuras adecuadas acorde con los criterios de diseno y estructura de la administracion publica con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identifica sus responsabilidades especificas y sus unidades organicas, asignadas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso; Que, al MORDAZA de dicho dispositivo, mediante informe Nº013-2015-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se propone la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA promulgado mediante ordenanza N°233-MDSM, para cuyo fin, por ese mismo medio, alcanza el informe tecnico sustentatorio conforme disponen los susodichos lineamientos y la propuesta del reglamento; Que, mediante informe Nº025-2015-GAJ/MDSM la Gerencia de Asuntos Juridicos opina por la aprobacion del proyecto conforme exige el articulo 33° de los lineamientos, a su vez, La Gerencia Municipal emite el Informe Previo verificando que el proyecto de reglamento propuesto y los informes tecnicos se ajusten a lo dispuesto por los lineamientos y la Ley N°27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Que, la ordenanzas municipales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios

Aprueban Ordenanza que expresa la voluntad del Concejo Municipal de San MORDAZA respecto a la prohibicion de propaganda electoral a traves del pintado de calzadas, muros y superficies de bienes de dominio publico o privado
ORDENANZA Nº 280-MDSM San MORDAZA, 6 de febrero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA El concejo municipal, en sesion ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, segun el articulo II del titulo preliminar de la Ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre otros, normar y otorgar autorizaciones y realizar las fiscalizaciones de la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica, tal como establece el articulo 79° numeral 3.6.3, de la citada ley; Que, el articulo 181° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, dispone que la propaganda electoral debe hacerse dentro de los limites que senalan las leyes, facultandose para tal efecto a los gobiernos locales para aprobar la ordenanza que regule la publicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, asi como su retiro luego de realizado el MORDAZA, tal como lo establece el articulo 5º del reglamento de propaganda electoral aprobado por resolucion Nº136-2010-JNE; Que, si bien la referida ley organica de elecciones precisa en su articulo 186° que para la difusion de propaganda electoral no se requiere de permiso o autorizacion municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno, tambien prohibe en su articulo 187° el empleo de pintura en las calzadas y muros de predios publicos y privados como forma de propaganda electoral, salvo casos excepcionales; Que, mediante ordenanza N° 269-MDSM, se regula la propaganda electoral durante el desarrollo de procesos electorales en el distrito de San MORDAZA, asi tambien se establecen los procedimientos para su instalacion

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