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El Peruano Miércoles 18 de febrero de 2015 546949 Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen el cumplimiento de la presente Ordenanza Por Tanto: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1201594-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA Nº 279-MDSM San Miguel, 6 de febrero de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la ley Nº27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a través del cual establece que, los gobiernos locales gozan dichas autonomías y radican en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N°043-2006- PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, defi ne al ROF como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de sus órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades, asimismo los lineamientos tienen por fi nalidad estandarizar su elaboración y generar estructuras adecuadas acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi ca sus responsabilidades específi cas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, al amparo de dicho dispositivo, mediante informe Nº013-2015-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se propone la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel promulgado mediante ordenanza N°233-MDSM, para cuyo fi n, por ese mismo medio, alcanza el informe técnico sustentatorio conforme disponen los susodichos lineamientos y la propuesta del reglamento; Que, mediante informe Nº025-2015-GAJ/MDSM la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina por la aprobación del proyecto conforme exige el artículo 33° de los lineamientos, a su vez, La Gerencia Municipal emite el Informe Previo verifi cando que el proyecto de reglamento propuesto y los informes técnicos se ajusten a lo dispuesto por los lineamientos y la Ley N°27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, la ordenanzas municipales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, que contiene 05 (cinco) títulos, 10 (diez) capítulos, 105 (ciento cinco) artículos y 04 (cuatro) disposiciones complementarias fi nales y 01 (un) anexo. Artículo 2º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los 30 días calendario después de su publicación, en la misma fecha, queda derogada la ordenanza Nº233- MDSM y toda otra norma que se oponga a la ordenanza aprobada. Artículo 3º.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano y el texto íntegro de los documentos de gestión aprobados en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe.) Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1201172-1 Aprueban Ordenanza que expresa la voluntad del Concejo Municipal de San Miguel respecto a la prohibición de propaganda electoral a través del pintado de calzadas, muros y superficies de bienes de dominio público o privado ORDENANZA Nº 280-MDSM San Miguel, 6 de febrero de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL El concejo municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, según el artículo II del título preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre otros, normar y otorgar autorizaciones y realizar las fi scalizaciones de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política, tal como establece el artículo 79° numeral 3.6.3, de la citada ley; Que, el artículo 181° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, dispone que la propaganda electoral debe hacerse dentro de los límites que señalan las leyes, facultándose para tal efecto a los gobiernos locales para aprobar la ordenanza que regule la publicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, así como su retiro luego de realizado el proceso, tal como lo establece el artículo 5º del reglamento de propaganda electoral aprobado por resolución Nº136-2010-JNE; Que, si bien la referida ley orgánica de elecciones precisa en su artículo 186° que para la difusión de propaganda electoral no se requiere de permiso o autorización municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno, también prohíbe en su artículo 187° el empleo de pintura en las calzadas y muros de predios públicos y privados como forma de propaganda electoral, salvo casos excepcionales; Que, mediante ordenanza N° 269-MDSM, se regula la propaganda electoral durante el desarrollo de procesos electorales en el distrito de San Miguel, así también se establecen los procedimientos para su instalación