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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (18/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 18 de febrero de 2015 546895 AGRICULTURA Y RIEGO Reconforman el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0061-2015-MINAGRI Lima, 12 de febrero de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 041-2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha 23 de enero de 2015, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 025-2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha 21 de enero de 2015, del Director de la Ofi cina de Programación e Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el Sistema Nacional de Inversión Pública, con la fi nalidad de optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversión; Que, en el artículo 4 del citado dispositivo, se señala que todos los proyectos que se ejecutan en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública se rigen por las prioridades que establecen los planes estratégicos nacionales, sectoriales, regionales y locales, por los principios de economía, efi cacia y efi ciencia durante todas sus fases y por el adecuado mantenimiento en el caso de la infraestructura física para asegurar su utilidad en el tiempo; Que, el numeral 26.2 del artículo 26 de la Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, señala que el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) está a cargo de la Ofi cina de Programación de Inversiones (OPI) que declaró la viabilidad del PIP, quien podrá solicitar toda la información que considere necesaria a los órganos respectivos relacionados con la ejecución de los PIP; Que, asimismo, en el numeral 26.3 de su artículo 26, señala que adicionalmente, la OPI conformará un Comité de Seguimiento, a fi n que las áreas, órganos o dependencia citadas a las sesiones de dicho Comité, le brinden toda la información correspondiente al avance de la ejecución y liquidación de los PIP, a que se refi ere el numeral 26.5 del artículo en mención; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0025-2012-AG, de fecha 27 de enero de 2012, se conformó el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que tiene como función el verifi car los avances de la ejecución de los proyectos de inversión; estableciendo también a sus integrantes, entre los cuales se encuentra el Viceministro de Agricultura; Que, mediante la Ley N° 30048, se modifi ca, entre otros, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 997, que aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), estableciendo que ahora la Alta Dirección del MINAGRI está conformada por el Ministro, el Viceministro de Políticas Agrarias, el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, y el Secretario General; Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2014- MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, estableciéndose en la Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicación del referido Reglamento de Organización y Funciones; Que, en el marco de la nueva denominación, estructura y funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, siendo pertinente que las intervenciones del Gobierno Nacional conlleven a mejorar la calidad de la inversión pública, el cierre de brechas sociales y la importancia de garantizar lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como la responsabilidad de mejorar la gestión de la inversión, es necesario reconformar el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, en cuanto a la denominación como Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Riego, que se encargará de verifi car los avances de la ejecución de los proyectos de inversión priorizados; el mismo que estará integrado por: 1) El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, o su representante, quien asumirá la Presidencia del Comité. 2) El Secretario General, o su representante. 3) El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, o su representante. 4) El Director de la Ofi cina de Programación e Inversiones, quien actuará como Secretario Técnico del Comité. Artículo 2.- Son funciones del Comité, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, las siguientes: 1) Efectuar el seguimiento de los avances de la ejecución de los proyectos de inversión pública en sus diferentes fases, incluyendo la liquidación y el cierre del proyecto. 2) Aprobar y actualizar anualmente la cartera priorizada de proyectos de inversión pública materia de seguimiento. 3) Otras que establezca el reglamento aprobado por sus miembros, siendo la aprobación de este reglamento de carácter facultativo. Artículo 3.- El Comité de Seguimiento y Monitoreo es de carácter permanente y se reunirá mensualmente. Adicionalmente, el Presidente del Comité podrá convocar a sus miembros cuando lo estime necesario. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1201210-1 Delegan diversas facultades en el Director General, en el Director de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración y otros funcionarios del SENASA RESOLUCIÓN JEFATURAL 0028-2015-MINAGRI-SENASA 10 de Febrero de 2015 VISTOS: Resolución Jefatural N°046-2009-AG-SENASA de fecha 19 de febrero de 2009, Resolución Jefatural N°0341- 2011-AG-SENASA de fecha 08 de noviembre de 2011, y el Informe-0231-2014-MINAGRI-SENASA-OAJ-LGARCÍA de fecha 11 de noviembre de 2014; y,