Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2015 (18/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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obligatorio cumplimiento, de acuerdo al cronograma y a los plazos que son establecidos por decreto supremo refrendado por el Ministro del Ambiente; para tal efecto, determina las cuatro etapas a las cuales se encuentra sujeto el MORDAZA de implementacion del citado Organismo Publico; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013MINAM, se establecieron el cronograma, plazos y principios del MORDAZA de implementacion del SENACE, determinandose que la Tercera Etapa del citado MORDAZA referida a la transferencia de funciones de parte de las Autoridades Sectoriales se gestiona a traves de la aprobacion del Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, en Sesion Ordinaria N° 007/2014 del 07 de octubre de 2014, el Consejo Directivo del SENACE aprobo la propuesta del Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, por lo que corresponde emitir la presente norma; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29968, Ley de Creacion del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para la Inversiones Sostenibles - SENACE; y, el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE 1.1 Apruebese el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE en el MORDAZA de la Ley N° 29968, de acuerdo al siguiente detalle: CRONOGRAMA DE TRANSFERENCIA DE FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES SECTORIALES AL SENACE 2015-2020
FECHA DE INICIO DEL MORDAZA DE TRANSFERENCIA MORDAZA Trimestre del ano 2015 MORDAZA Trimestre del ano 2015 MORDAZA Trimestre del ano 2015 MORDAZA Trimestre del ano 2016 MORDAZA Trimestre del ano 2016 MORDAZA Trimestre del ano 2017 MORDAZA Trimestre del ano 2017 MORDAZA Trimestre del ano 2018 MORDAZA Trimestre del ano 2019

El Peruano Miercoles 18 de febrero de 2015

c) La administracion del "Registro Administrativo de caracter publico y actualizado de certificaciones ambientales concedidas o denegadas", o de cualquier otro registro de denominacion similar, que deba formar parte del Registro Administrativo de Certificaciones Ambientales a cargo del SENACE. Articulo 2.- Constitucion de las comisiones de transferencia 2.1 Dentro del plazo MORDAZA de tres (03) dias utiles contados a partir de la fecha de inicio de cada MORDAZA de transferencia, el SENACE y la Autoridad Sectorial correspondiente deberan designar a los representantes que conformaran la Comision de Transferencia Sectorial respectiva que tendra la responsabilidad de conducir y coordinar el MORDAZA de transferencia de funciones hasta su respectiva culminacion. 2.2 La Comision de Transferencia estara conformada por los siguientes integrantes: - Tres (3) representantes del SENACE, entre los cuales estaran el(la) Director(a) de Certificacion Ambiental y el(la) Director(a) de Registros Ambientales; uno de los cuales presidira la Comision de Transferencia; y, - Tres (3) representantes de la Autoridad Sectorial. 2.3 Los integrantes de la Comision de Transferencia seran designados por Resolucion de los Titulares del SENACE y de la Autoridad Sectorial correspondiente. 2.4 EI MORDAZA de transferencia de funciones se ejecutara conforme a los terminos y plazos establecidos en la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29968, Ley de creacion del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE y al cronograma del MORDAZA de transferencia que apruebe la Comision de Transferencia. Articulo 3.- Transferencia de recursos destinados al ejercicio de las funciones Como resultado de los procesos de transferencia de funciones, las Autoridades Sectoriales transferiran el acervo documentario, informacion ordenada y demas recursos que faciliten el ejercicio de las funciones objeto de transferencia, conforme a las disposiciones legales sobre la materia. Articulo 4.- Aprobacion de la culminacion del MORDAZA de transferencia La culminacion de cada uno de los procesos de transferencia de funciones se formalizara mediante Resoluciones Ministeriales del Ministerio del Ambiente que seran publicadas en el Diario Oficial "EI Peruano". Dichas resoluciones deberan consignar la fecha a partir de la cual el SENACE asumira las funciones transferidas por cada una de las Autoridades Sectoriales. A partir de dicho momento, este se MORDAZA cargo de la clasificacion anticipada en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental, en coordinacion con el sector correspondiente. Articulo 5.- Financiamiento Las acciones que realicen las Autoridades Sectoriales y el SENACE, en el MORDAZA de los procesos de transferencia previstos en el Articulo 1° del presente Decreto Supremo se sujetan a sus presupuestos institucionales respectivos, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Publico. Articulo 6.- Refrendos El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros del Ambiente, de Energia y Minas, de Transportes y Comunicaciones, de Agricultura y Riego, de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de la Produccion, de Salud, de Comercio Exterior y Turismo, y de Defensa. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Los procedimientos administrativos pendientes de resolucion por la Autoridad Sectorial al momento de la conclusion de la transferencia de funciones al SENACE que son materia del presente decreto supremo, deben ser resueltos por la autoridad sectorial ante la cual se inicio el procedimiento.

AUTORIDAD SECTORIAL SUBSECTOR Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Agricultura y Riego Ministerio de Construccion Saneamiento Vivienda, y Energia Mineria Transportes Agricultura Vivienda y Construccion Saneamiento Industria Pesca Salud

Ministerio de la Produccion Ministerio de Salud

Ministerio de Transportes y Comunicaciones MORDAZA Trimestre del ano 2019 Comunicaciones Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de Defensa Comercio Exterior y Turismo Defensa MORDAZA Trimestre del ano 2020 MORDAZA Trimestre del ano 2020

1.2 La citada transferencia de funciones comprende: a) La revision y aprobacion de los estudios de impacto ambiental detallados. b) La administracion del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental" o de cualquier otro registro de denominacion similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del SENACE.

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