Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2015 (18/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 18 de febrero de 2015

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los comites especiales y especiales permanentes para la adquisicion y/o contratacion de bienes y/o servicios y ejecucion de obras. c) Aprobar la resolucion de los contratos derivados de los procesos de seleccion ejecutados, por caso fortuito o fuerza mayor asi como por el incumplimiento de alguna de las obligaciones a cargo del contratista. d) Designar a los integrantes de los comites especiales y comites especiales permanentes de los procesos de seleccion de adjudicacion de menor cuantia y adjudicacion directa selectiva, que las respectivas direcciones tengan a su cargo. Articulo 5º.- El Director General de la Oficina de Administracion, los Directores de los Organos Desconcentrados del SENASA y el Director de la Oficina de Logistica, deberan informar trimestralmente al Jefe Nacional del SENASA sobre el ejercicio de las facultades delegadas a su favor mediante la presente Resolucion, sea o no efectuado, dentro de los siete (07) primeros dias habiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Articulo 6º.- Facultar a la Secretaria Tecnica del SENASA para realizar acciones de seguimiento y coordinacion de las funciones delegadas, previa instruccion de Jefatura Nacional. Articulo 7º.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural N° 046-2009-AG-SENASA y la Resolucion Jefatural N° 341-2011-AG-SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1201176-1

En materia administrativa y recursos humanos: a) Suscribir contratos de trabajo y/o adendas, bajo el regimen laboral de la actividad privada, correspondiente a las plazas de las categorias: profesional (IV, III, II y I), tecnico (III, II y I) y auxiliar. b) Emitir Resoluciones Directorales por extincion de vinculo laboral, segun las causas contenidas en el articulo 16° del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo 728, que correspondan a las plazas de las categorias detalladas en el literal precedente. c) Expedir Resoluciones Directorales tendientes al cumplimiento de sus fines y objetivos dentro del ambito de su competencia, conforme al articulo 22° del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA. d) Autorizar y resolver las acciones de personal respecto a los permisos y licencias de los contratados bajo el regimen del Decreto Legislativo N° 1057, previo informe favorable del jefe inmediato. e) Aprobar las liquidaciones de beneficios sociales de los trabajadores de la entidad. f) Suscribir Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y/o sus respectivas adendas, prorrogas y/o modificatorias, regulados por el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificatorias. g) Suscribir los documentos necesarios para la extincion del contrato administrativo de servicios, de acuerdo a los supuestos establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057 y modificatorias. h) Autorizar y resolver las acciones del personal comprendido en el regimen laboral del Decreto Legislativo N°728, que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Esta facultad no incluye efectuar nombramientos o designaciones en cargos de confianza, ni en cargos de libre designacion o remocion por el titular de la Entidad. i) Representar a la entidad ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Seguro Social de Salud del Peru ­ ESSALUD, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­SERVIR y/o ante cualquier MORDAZA de autoridad y/o entidad para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, reclamos y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencia administrativa e interponer recursos administrativos de impugnacion, queja contra los defectos de tramitacion, solicitar la rectificacion de errores entre otras pretensiones administrativas, que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones de la entidad. j) Representar a la entidad ante la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas para la MORDAZA de los estados financieros y presupuestales. k) Representar a la entidad ante cualquier institucion privada o mixta, dentro del ambito de sus competencias. l) Suscribir la documentacion concerniente al MORDAZA para la contratacion de consultores del SENASA, tales como terminos de referencia, contrato de locacion de servicios y adendas correspondientes, previa justificacion del Organo competente. Articulo 2º.- Delegar en el Director de la Unidad de Logistica de la Oficina de Administracion del SENASA o el que haga sus veces, las siguientes facultades: a) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion de las adjudicaciones de menor cuantia. Articulo 3º.- Facultar al Director General de la Oficina de Administracion o el que haga sus veces emitir directivas para la mejor aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Facultar a los Directores de los Organos Desconcentrados del SENASA las funciones y atribuciones previstas en la Ley y su Reglamento, tales como: a) Aprobar los expedientes de contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion que les corresponde ejecutar. b) Autorizar la realizacion de los procesos de seleccion de adjudicacion de menor cuantia y adjudicacion directa selectiva, asi como aprobar las bases de estos que eleven

AMBIENTE
Aprueban el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles SENACE en el MORDAZA de la Ley N° 29968
DECRETO SUPREMO N° 006-2015-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29968, crea el Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE como organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados que comprenden proyectos de inversion publica, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen actividades, construccion de obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos; Que, el articulo 3 de la precitada Ley establece como funciones generales del SENACE, entre otras, la aprobacion de los Estudios de Impacto Ambiental detallados, asi como la administracion del Registro Nacional de Consultoras Ambientales y del Registro Administrativo de caracter publico y actualizado de las certificaciones ambientales de alcance nacional o multirregional concedidas o denegadas por los organismos correspondientes; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29968 senala que el MORDAZA de implementacion del SENACE y la transferencia de funciones a su ambito es un MORDAZA MORDAZA y continuo para dicho efecto, y se desarrolla de manera ordenada, progresiva y gradual, sujeto a etapas preclusivas de

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