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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (22/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Domingo 22 de febrero de 2015 547198 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna, y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los artículos 56º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; Mediante, Acta de fecha 29 de Enero del 2015 se aprobó el Plan de Seguridad Ciudadana del Distrito de Huacho del año 2015, encargando su seguimiento e informe de cumplimiento al Secretario Técnico del CODISEC; asimismo, con fecha 30 de Enero del 2015, el Secretario Técnico de Seguridad Ciudadana emite el Informe Nº 008-2015-STSC-MPH-H, donde señala que en cumplimiento de lo indicado en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; D.S. 011-2014-IN- ART. 25º Inciso e), solicita que en Sesión de Concejo Municipal se ratifi que mediante Ordenanza, el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Huacho; Mediante, Acta de fecha 12 de Febrero del 2015 se aprobó el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana del año 2015, encargando su seguimiento e informe de cumplimiento al Secretario Técnico del COPROSEC; Que, conforme a lo establecido en el Art. 28º del D.S. Nº 011-2014–IN, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana- CODISEC, es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital, articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte de la SINASEC, a nivel distrital cuenta con una Secretaria Técnica y tiene entre sus funciones aprobar el plan distrital de seguridad ciudadana Que, la Secretaría Técnica es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) la política, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, para su aprobación, dentro de sus funciones tenemos conforme a lo previsto en el Art. 30º del D.S. Nº 011-2014–IN inciso e) “Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para ratifi cación mediante Ordenanza Municipal”; Que, los órganos de ejecución de seguridad ciudadana en el ámbito regional y en el ámbito local a que se refi eren los incisos a) c) y d) del artículo 34 de la precitada norma, establece que son responsables de formular los planes de seguridad ciudadana en las regiones, provincias y distritos del país, los cuales están sujetos a evaluación anual; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus integrantes, el Concejo Municipal, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE HUACHO Y RATIFICA EL PLAN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015; Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana, aprobado en fecha 29 de Enero del 2015 por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC). Artículo Segundo.- RATIFICAR el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana, aprobado en fecha 12 de Febrero del 2015 por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC). POR TANTO: Regístrese, publíquese, y cúmplase. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1202847-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO Designan Procurador Público de la Municipalidad RESOLUCIÓN Nº 048-2015-MPP-ALC Pisco, 5 de enero del 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, la Municipalidad Provincial de Pisco, como Persona Jurídica de Derecho Público con autonomía económica, administrativa, tiene aprobado su Cuadro de Asignación de Personal, a fi n de garantizar el normal desarrollo y la continuidad técnico administrativo de la Institución, siendo competencia de la Alcaldía designar al personal administrativo, así como dar por concluido las designaciones efectuadas en cargo de confi anza y asignación de funciones. Que, de acuerdo al D.L. N° 1068, concordante con el D.S. N° 017-2008-JUS, establece que la Defensa de los intereses y Defensa del Estado se ejerce judicialmente por los Procuradores Públicos. Que, el Artículo 29 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que la representación y defensa de los intereses de las Municipalidades se ejerce a través del Órgano de Defensa Judicial conforme a ley, el cual está a cargo de los Procuradores Públicos Municipales. Que, por Resolución N° 480-2014-MPP-ALC de fecha 19 de Diciembre del 2014 se dio por concluida la designación del Abogado LINO ANTONIO PEREZ TALLA al cargo de PROCURADOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO, por lo que se hace necesario se designe al funcionario correspondiente. Que, es función del Alcalde Provincial asignar funciones a los servidores de la Municipalidad Provincial de Pisco, en las distintas áreas de servicios para asegurar la ejecución de las funciones de los programas, direcciones, supervisión y control, así como efectuar acciones de personal de desplazamiento para el cumplimiento de sus fi nes, encontrándose vacante el cargo de Procurador Público Municipal corresponde designar un funcionario de confi anza. En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20 inciso 6 concordante con el Artículo 43 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado CESAR AUGUSTO GUTIERREZ FERREYRA en el cargo de PROCURADOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- COMUNICAR a las ofi cinas correspondientes lo dispuesto en la presente Resolución.- Regístrese, comuníquese y archívese. TOMÁS V. ANDIA CRISÓSTOMO Alcalde 1202988-1