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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (22/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Domingo 22 de febrero de 2015 547190 Que, el Órgano Consultivo podrá utilizar la denominación de Consejo Consultivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11• del Reglamento de Organización y Funciones del lndecopi, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-2009-PCM; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 208-2011-INDECOPI/COD del 20 de diciembre de 2011, publicada con fecha 23 de diciembre del mismo año en el Diario Ofi cial El Peruano, se designó por un período de tres años como miembros del Consejo Consultivo del Indecopi con efectividad al 30 de noviembre de 2011, a la señora Elena Conterno Martinelli y a los señores Oswaldo Hundskopf Exebio, Walter Albán Peralta, Richard Webb Duarte y Sergio León Martínez; Que, habiendo vencido el periodo de designación de los miembros del Consejo Consultivo del lndecopi, el Consejo Directivo ha estimado la necesidad de ratifi car por un periodo adicional de tres (3) años a la señora Elena Conterno Martinelli y al señor Richard Webb Duarte como miembros del Consejo Consultivo del lndecopi; Estando a lo acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en su sesión del 26 de enero de 2015; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7de la Ley de Organización y Funciones del lndecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N” 1033; RESUELVE: Artículo Ünico.- De conformidad con el numeral 8.3 del artículo 8” de la Ley de Organización y Funciones del lndecopi, designar a la señora Elena Conterno Martinelli y al señor Richard Webb Duarte como miembros del Consejo Consultivo del lndecopi, por un periodo adicional de tres (3) años, con efi cacia anticipada al 1 de diciembre 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1203181-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0000898/SUNAT Punchana, 5 de febrero del 2015 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, a la trabajadora que se indica a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 8665 PATRICIA DEL PILAR RENGIFO CAMPOS Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK ANTONIO CÁRDENAS GARCÍA Intendente Regional Intendencia Regional Loreto 1203171-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Designan Asesor de la Secretaría General de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 046-2015-SUSALUD/S Lima, 20 de febrero de 2015 VISTOS: El Informe N° 00064-2015/OGPER; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344 - Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020- 2014-SA, crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA) se sustituye la denominación institucional por la de Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, mediante Decreto Supremo Nº 086-2012- EF se aprobó la Escala Remunerativa del Pliego Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, hoy SUSALUD; Que, mediante Resolución Ministerial N° 730-2014/ MINSA, de fecha 26 de setiembre de 2014, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, y mediante Resolución de Superintendencia N° 021-2015- SUSALUD/S del 04 de febrero del 2015, se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de SUSALUD; instrumento de gestión que tiene previsto el cargo de confi anza de Asesor de la Secretaría General, con el Código 134022, Clasifi cación EC; Que, el Clasifi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 012-2015-SUSALUD/ del 20 de enero de 2015, establece como función general del cargo de Asesor brindar asesoramiento técnico – administrativo y/o político social así como coordinar con los diferentes órganos de la institución en tareas específi cas que se le asigne, así como realizar coordinaciones con entes externos;