Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2015 (22/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA 22 de febrero de 2015

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Unico Ordenado-TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2015; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 7.1 del articulo 7° del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuesta! cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40° del citado Decreto Supremo, senala que el Titular de la entidad podra delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la facultad a delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del INDECOPI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0092009-PCM y sus modificaciones aprobadas mediante Decreto Supremo N° 107-201-PCM; Que, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento y Gestion Institucional, y de conformidad con el TUO de Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en el Gerente General del INDECOPI, a partir del 4 de febrero de 2015, la facultad del Titular del Pliego 163 - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual- INDECOPI, para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2015. Articulo 2°.- El Gerente General debera informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegacion dispuesta por la presente resolucion. Articulo 3°.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 4°.- La presente Resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT MORDAZA TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1203181-1

Hong MORDAZA, Republica Popular de China, del 27 de febrero al 11 de marzo de 2015, para que en representacion de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promocion del turismo receptivo, durante el evento "Door to Door Alianzas Estrategicas China", a realizarse en dichas ciudades. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aereos : - Viaticos (US$ 500,00 x 9 dias) : US $ 3 281,00 US $ 4 500,00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Kupis MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1202458-2

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Delegan en el Gerente General la facultad del Titular del INDECOPI para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2015
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 030-2015-INDECOPI/COD MORDAZA, 5 de febrero de 2015 VISTO: El Informe N° 003 -GPG/2015 de fecha 29 de enero del presente ano, mediante el cual la Gerencia de Planeamiento y Gestion Institucional propone delegar la atribucion del Titular del INDECOPI para aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel Funcional Programatico en el Gerente General; CONSIDERANDO: Que, en el caso del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad intelectualINDECOPI-, conforme a lo senalado en el literal a) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobado con Decreto Supremo N° 0092009-PCM y modificado con Decreto Supremo N°1072012-PCM, son funciones y/o atribuciones del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, entre otras, dirigir y supervisar la marcha institucional, ejerciendo las funciones generales como titular de Pliego presupuestario; Que, el MORDAZA juridico que regula las fases de programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion del presupuesto, y el control del gasto de las entidades publicas, se encuentra determinado por el Texto

Designan miembros del Consultivo del INDECOPI

Consejo

RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 032-2015-INDECOPI/COD MORDAZA, 5 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.2 del articulo 8" de la Ley de Organizacion y Funciones del lndecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N" 1033, corresponde al Consejo Directivo del lndecopi la designacion de los miembros del Organo Consultivo de la Institucion; Que, asimismo, el numeral 8.3 del articulo 8" de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, dispone que los miembros del Organo Consultivo seran designados por un periodo de tres (3) anos, pudiendo ser ratificados por un (1) periodo adicional;

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