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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (28/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 28 de febrero de 2015 547660 del OSITRAN, de conformidad con sus atribuciones, funciones y competencia; Que, el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al logro de su misión, visión y objetivos institucionales; contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, así como establece sus relaciones y responsabilidades; de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública; Que, para efectos de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754, las instancias y órganos competentes del OSITRAN, conforme lo señala el Decreto Supremo Nº 114-2013-PCM, así como para promover una gestión efi ciente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; resulta necesario aprobar la nueva estructura orgánica del OSITRAN, que contribuya a su fortalecimiento institucional y sirva de herramienta para brindar seguridad jurídica a los concesionarios, contribuir a la calidad y sostenibilidad de la infraestructura de transporte de uso público y sus servicios, así como a la oportuna atención a los usuarios de dicha infraestructura, en el marco de la competencia y funciones del OSITRAN; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, que consta de cinco (5) Títulos, ochenta y tres (83) artículos y del Organigrama del OSITRAN, que como anexo forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación del Reglamento de Organización y Funciones El Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama del OSITRAN aprobados en el artículo precedente, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe) el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Efectos Presupuestales La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Aprobación de instrumentos de gestión en base a la nueva estructura orgánica del OSITRAN El OSITRAN debe formular sus nuevos instrumentos de gestión sobre la base de la estructura orgánica aprobada a través del presente Decreto Supremo, conforme a la normativa del Régimen del Servicio Civil vigente. Segunda.- Disposiciones para la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN El Consejo Directivo del OSITRAN emite las disposiciones necesarias para la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1205952-3 Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSINERGMIN a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2015-PCM Lima, 27 de febrero de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 28-2015-OS-PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN y la Carta de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía – ARIAE; y, CONSIDERANDO: Que, la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE) es una institución que integra a 19 países iberoamericanos, entre otros, a la República del Perú; Que, mediante carta de vistos se invita al señor Jesús Tamayo Pacheco, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, para que participe en los eventos siguientes: XIX Reunión Anual de Reguladores de la Energía de ARIAE, la V Reunión ARIAE – CEER, la XV Asamblea General de ARIAE y el Programa Social, los que se realizarán del 10 al 13 de marzo de 2015, en la ciudad de Madrid, Reino de España; Que, las reuniones de ARIAE tienen por objetivo el intercambio de experiencias en el campo de la regulación y supervisión energética, así como de formación y capacitación entre las entidades que la integran, siendo que en las citadas reuniones se discutirán temas importantes para la regulación de energía relacionadas con la continuidad del suministro y la calidad comercial en el sector eléctrico; Que, por otro lado en la V Reunión ARIAE – CEER, participarán Entidades Reguladoras del Sector Energético de Iberoamérica y Europa, miembros de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE) y del Consejo Europeo de Reguladores de la Energía (CEER), en la que se abordarán temas relacionados con la sostenibilidad en el marco del Objetivo 20-20-20, respecto del ahorro en 20% de consumo de energía mediante una mayor efi ciencia energética hacia el 2020; la distribución y calidad de suministro; los mercados de energía y transición hacia el horizonte 2015; la situación de las autoridades reguladoras; y la intervención pública en los mercados de electricidad (incluyendo reformas relacionadas al uso de energías renovables) y regímenes regulatorios para atraer inversiones (como el Programa de Cooperación Internacional Europeo); Que, en atención a lo expuesto, resulta de interés institucional, la participación del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN en las citadas reuniones, toda vez que su participación en dichos eventos permitirá que la referida institución ejerza su rol conforme a objetivos y políticas dictadas por nuestro país dentro del contexto global actual; y, De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias;