Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

557132

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

INTERIOR
Autorizan viajes de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Brasil y Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2015-IN
Lima, 10 de julio de 2015 VISTOS; la Nota Nº 354 del 6 de julio de 2015, emitida por la Embajada de la República Federativa de Brasil en el Perú; y, el Memorándum Múltiple Nº 304-2015-DIRGENPNP/EMP-OCNI de fecha 9 de julio de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 354 del 6 de julio de 2015, la Embajada de la República Federativa de Brasil en el Perú se dirige al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, en relación al "Mecanismo Trilateral Brasil ­Perú - Bolivia de Lucha Contra las Drogas", indicando que el gobierno Brasileño ha recibido la propuesta del gobierno Boliviano, de realizar la tercera reunión presencial de dicho mecanismo, los días 13 y 14 de julio de 2015, el día 13 se realizará el encuentro técnico y el día 14 la reunión entre el Ministro de Justicia de Brasil, el Ministro del Interior del Perú y el Ministro de Gobierno de Bolivia, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 6032015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de julio de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 12 al 14 de julio de 2015, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Edgardo Emilio Garrido López, para que participen en la reunión mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, con Memorándum Múltiple Nº 304-2015DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 9 de julio de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje antes mencionado, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que irrogará gastos al Estado; Que, es conveniente para el interés institucional, autorizar el referido viaje al exterior del país, toda vez que las experiencias a adquirirse en la reunión antes señalada redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú y del país, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Julio Alejandro Mercado Castillo y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Edgardo Emilio Garrido López, del 12 al 14 de julio de 2015, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 2 X 2 = 1,480.00 Pasajes aéreos US$ 1,642.00 X 2 = 3,284.00 4,764.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

1261996-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº143-2015-IN
Lima, 10 de julio de 2015 VISTOS; el Oficio N° 174-2015-DV-DCG de fecha 22 de junio de 2015, del Director de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Memorándum Múltiple Nº 301-2015-DIRGEN-PNP/EMPOCNI de fecha 8 de julio de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 174-2015-DV-DCG de fecha 22 de junio de 2015, el Director de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) de la Presidencia del Consejos de Ministros, hizo de conocimiento al Director Ejecutivo Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, que la Secretaria Ejecutiva

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.