Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

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CONSIDERANDO: Que, del 13 al 14 de julio de 2015, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, se llevarán a cabo reuniones de seguimiento, de carácter técnico y ministerial, con el objetivo de definir medidas a ser adoptadas para combatir la acción de organizaciones criminales que propician la inmigración irregular de ciudadanos haitianos a la República Federativa de Brasil; Que, a través de la referida reunión se busca fortalecer el diálogo entre las autoridades migratorias y policiales de los países que integran la ruta utilizada por los migrantes haitianos, con el objetivo de combatir a las redes organizadas de traficantes de migrantes y desarrollar controles migratorios más efectivos; Que, resulta necesaria la participación del Subdirector de Protección a Colectividades Nacionales, de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en las mencionadas reuniones, por la importancia de este tema en la agenda migratoria regional; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º 3353, del Despacho Viceministerial, de 3 de julio de 2015; los Memorandos (DGC) N.º DGC08102015, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 30 de junio de 2015; y (ORP) N.º OPP0946/2015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 7 de julio de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 0472002-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alejandro Pedro Ugarte Velarde, Subdirector de Protección a Colectividades Nacionales, de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 13 al 14 de julio de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aéreo Clase Económica US$ 1265,00 Viáticos Total Número Por día viáticos de días US$ US$ 370,00 2+1 1 110,00

SALUD
Aprueban Documento Técnico "Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud - MINSA"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2015/MINSA Lima, 9 de julio del 2015
Visto, el Expediente N° 14-066417-001 que contiene el Informe N° 002-2015-OGEI-OIT-OFISEG/MINSA de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, establece que el titular del banco de datos personales y el encargado de su tratamiento deben adoptar las medidas técnicas, organizativas y legales necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales. Las medidas de seguridad deben ser apropiadas y acordes con el tratamiento que se vaya a efectuar y con la categoría de datos personales de que se trate; Que, mediante Resolución Ministerial N° 520-2006/ MINSA, del 30 de mayo de 2006, se aprobó el documento técnico "Lineamientos de Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud", con el fin de preservar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información del Ministerio de Salud, en todos sus medios de soporte y tratamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 246-2007PCM, se aprobó el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnología de la Información. Código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información. 2ª Edición" en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática, con la finalidad de establecer un modelo integral para el desarrollo de los planes de seguridad de la información en la Administración Pública; Que, la Norma Técnica Peruana referida en el considerando precedente, señala que la Política de Seguridad de la Información, tiene como objetivo dirigir y dar soporte a la gestión de seguridad de la información en concordancia con los requerimientos de la institución, las leyes y las regulaciones; correspondiendo a la Alta Dirección establecer las líneas de la política de actuación y manifestar su apoyo y compromiso a la seguridad de la información, publicando y manteniendo una Política de Seguridad en toda la organización; Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros recomienda la aplicación y el uso de la "NTPISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información. Técnicas de seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos.", de manera progresiva, en todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Informática, con la finalidad de coadyuvar con la infraestructura de Gobierno Electrónico, complementando así lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 246-2007-PCM antes señalada; Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2012-PCM, se aprueba el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática, estableciendo que su control deberá ser implementado de acuerdo a las recomendaciones de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnología de la Información"; Que, mediante Resolución Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias N° 129-2014/CNB-INDECOPI, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, se deja sin efecto la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2008" y se aprueba

Nombres y Apellidos Alejandro Pedro Ugarte Velarde

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS Ministra de Relaciones Exteriores

1261584-3

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