Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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trascendencia del acto antes referido, resulta de interés Institucional y Sectorial; Que, los gastos que generen dicho viaje por concepto serán asumidos con cargo al presupuesto Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá explicar el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios al señor Gerardo José Cárdenas Cabrera, servidor de la Gerencia de Política Migratoria de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 12 al 14 de julio de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, Sector 07: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Pasajes US$ 1,600.48 Viáticos US$ 370.00 Días Personas Total US$. X 1 = 1,600.48 3 X 1 = 1,110.00 2,710.48

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Secretaria Técnica de apoyo a los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario y Sancionador del MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2015-MIMP
Lima, 10 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, con la mencionada Ley, se establecieron las disposiciones sobre el régimen disciplinario y procedimiento sancionador; Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, cuerpo normativo que ha regulado en su Título VI lo referente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador; Que, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 94 del Reglamento General de la citada Ley, el Secretario Técnico de los órganos instructores de los procedimientos administrativos disciplinarios, será designado mediante resolución del Titular de la Entidad, pudiendo desempeñar dicha función en adición a las otras que le correspondan de manera regular, debe ser un servidor, de preferencia abogado, que sirva de apoyo a las autoridades del procedimiento administrativo sancionador, quien será responsable de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la Entidad Pública; Que, dicho artículo estipula además que la Secretaría Técnica dependerá de la Oficina de Recursos Humanos o de la que haga sus veces en la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 071-2015MIMP del 21 de abril de 2015, se designó a la servidora Yuliana Pajuelo Carhuaricra como Secretaria Técnica de apoyo a los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario y Sancionador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, por necesidad del servicio, resulta conveniente dar por concluida la designación a que se refiere el considerando anterior, así como designar a la persona que ejercerá las funciones de Secretaria Técnica de las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario y sancionador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30057 ­ Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Legislativo N° 1098 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, modificado por Decreto Supremo N° 002-2015-MIMP; y la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la servidora YULIANA PAJUELO CARHUARICRA como Secretaria Técnica de apoyo a los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario y Sancionador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la servidora PATRICIA YOLANDA MANCO JARA como Secretaria Técnica de apoyo a los Órganos Instructores del Procedimiento

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor designado deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

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