Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Técnico de 2da FAP NSA: S-60697192 HENRY PATRICK REYES SEMINARIO DNI: 08155475

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Ciudad de Brasilia (República Federativa del Brasil) - Lima: US $ 1244.78. x 02 personas = US $ 2,489.56 Viáticos: US $ 370.00 x 05 días x 02 personas = US $ 3,700.00 -----------------------Total a pagar = US $ 6,189.56

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto del "Prospecto Base" de la República del Perú, actualizado al 31 de diciembre de 2014. Artículo 2.- Delegar en el Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público la representación del Ministerio de Economía y Finanzas, para que suscriba toda la documentación, así como realice todos los actos necesarios, a fin de iniciar, impulsar y finalizar el trámite relativo al registro, en la Comisión de Valores de los Estados Unidos de América (SEC por sus siglas en inglés) y en las autoridades supervisoras de valores de otras plazas financieras internacionales, del Prospecto Base de la República del Perú actualizado cuyo texto se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3.- Los pagos que se deriven de los actos de registro a que se refiere el Artículo 2 precedente serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.-El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.-La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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EDUCACIÓN
Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2015-MINEDU
Lima, 10 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 171-2015MINEDU se dio por concluida la designación de la señora RUTH MARINA VILCA TASAYCO al cargo de Asesora del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, realizada mediante Resolución Ministerial Nº 220-2014-MINEDU; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ejercerá el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 0012015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor WALTER PAUL TWANAMA ALTAMIRANO en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban texto del "Prospecto Base" de la República del Perú, actualizado al 31 de diciembre de 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2015-EF/52
Lima, 10 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, en el marco de las emisiones de bonos soberanos realizadas por la República del Perú en Nueva York, así como en otras plazas financieras internacionales, se ha registrado ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos de América (SEC por sus siglas en inglés) y en las respectivas autoridades supervisoras de valores, el documento denominado "Prospecto Base", el cual contiene información de carácter estadístico, entre otros, sobre el país, la cual no debe tener una antigüedad mayor a 16 (dieciséis) meses; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 187-2014EF/52 se aprobó el texto del citado "Prospecto Base" con información al 31 de diciembre de 2013; Que, en tal sentido, es necesario gestionar la actualización de la información contenida en el "Prospecto Base", cuyo texto actualizado al 31 de diciembre de 2014 corresponde aprobar;

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