Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2015 (27/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 27 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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las funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa; el artículo 49º señala las funciones en materia de salud; el artículo 50º establece las funciones en materia de población; el artículo 58º señala las funciones en materia de vivienda y saneamiento; y, el artículo 60º señala las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades; Que, la Ley 27337, aprueba el Código de niños y adolescentes, el mismo que en el artículo 1º del Título Preliminar, establece que se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los 12 años de edad. En el artículo IX, prescribe que en toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los poderes ejecutivos, legislativo y judicial del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considera el principio del interés superior del niño y del adolescente y respeto a sus derechos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-97-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260, Ley de Protección frente a la Violencia Familiar, éste dispositivo normativo en el artículo 3º literal e) señala que es política permanente del Estado la lucha contra toda forma de violencia familiar, debiendo desarrollarse la promoción de la participación activa de organizaciones, entidades públicas o privadas dedicadas a la protección de menores, mujeres y en general a los asuntos familiares, para el desarrollo de labores preventivas y de control sobre la ejecución de medidas cautelares, de apoyo y tratamiento de víctimas de violencia y agresores; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-MIMDES, en el artículo 1º se aprueba el Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer 2009 -2015; instrumento de política que implica la acción conjunta del Estado y de la Sociedad (...); Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter internacional, aprobadas y suscritas por el Estado del Perú entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Recomendación General Nº 19 del 11º Grupo de Sesiones de la ONU; Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993 de la ONU); Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem do Pará"; Que, mediante Resolución Nº 269-2007-GR.CAJCR/GGR, en su artículo 1º resuelve aprobar la Creación del Comité Ejecutivo Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil; Que mediante Resolución Nº 557-2010-GR-CAJ/ GGR, de fecha 15 de diciembre del 2010, se resuelve en su artículo 2º aprobar la incorporación de nuevas instituciones al Comité Ejecutivo Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil; Que, mediante O.R Nº 018-2011-GR.CAJ-CR, de fecha 6 de junio del 2011, se aprueba la creación de la Mesa Regional por la Participación y el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Cajamarca y su implementación progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal del Gobierno Regional Cajamarca, Que, mediante O.R Nº 019-2011-GR.CAJ-CR, de fecha 6 de junio del 2011, en el artículo 1º se resuelve conformar el Consejo Regional de Protección de las Personas Adultas Mayores de Cajamarca ­ COREPAM; Que, mediante O.R Nº 023-2011-GR.CAJ-CR, de fecha 2 de agosto del 2011, en el artículo 1º se resuelve declarar de Prioridad y Necesidad Pública la atención a la problemática de violencia familiar y sexual contra la mujer, niños, niñas, adolescentes, personas de la tercera edad y personas con discapacidad en el ámbito del Gobierno Regional Cajamarca; Que, mediante O.R Nº 028-2011-GR.CAJ-CR, de fecha 2 de agosto del 2011, en el artículo 1º se resuelve promover el derecho al nombre y a la identidad de niños, niñas y adolescentes, como una de las prioridades para el desarrollo social en el ámbito del Gobierno Regional de Cajamarca; Asimismo, el artículo 2º dispone crear la comisión regional multisectorial de monitoreo del derecho al nombre a la identidad de niños, niñas y adolescentes; Que, mediante O.R Nº 041-2011-GR.CAJ-CR, de fecha 14 de diciembre del 2011, en el artículo 1º se resuelve

declarar de Interés Público Regional "La Atención Integral de la Problemática de la Trata de Personas en la Región Cajamarca", promoviendo el respeto de los derechos humanos y fundamentalmente defender el derecho a la vida, la libertad y la integridad personal; Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos, constituyéndose en un flagelo que impide el desarrollo personal, lo cual incide negativamente en el desarrollo social de la población; Que, en la Región Cajamarca se viene impulsando la mejora de la calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes, a través de la priorización concertada, promoción, vigilancia y cumplimiento de políticas internacionales, regionales y locales en beneficio de este grupo poblacional, salvaguardando su derecho a una vida digna, igualdad ante la ley, salud y al desarrollo integral; Que, mediante Dictamen Nº 18 -2015-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO, de fecha 22 de junio del año 2015, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que crea el Comité Regional por la Infancia y Adolescencia - CRIA ­ Cajamarca; y, el Comité Regional de jóvenes, mujeres adultas y adultos/as mayores en estado de vulnerabilidad ­ Cajamarca; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 01 de julio del año 2015; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- CREAR el Comité Regional por la Infancia y Adolescencia - CRIA - Cajamarca, el cual orientará sus acciones a través de los siguientes ejes: - Identidad, aseguramiento y nutrición. - Contra la violencia; Trata de menores y Trabajo Infantil. - Abandono, drogas y discapacidad. - Educación y Salud sexual y reproductiva. Segundo.- CREAR el Comité Regional de jóvenes, mujeres adultas y adultos/as mayores en estado de vulnerabilidad ­ Cajamarca, el cual orientará sus acciones a través de los siguientes ejes: - Contra la violencia; Trata de personas y Equidad de género. - Juventud adulto y adulto mayor. - Drogadicción, alcoholismo y discapacidad. Tercero.- ESTABLECER que los comités creados en los artículos precedentes, son espacios de concertación intergubernamentales e interinstitucionales, compuestos por los tres niveles de gobierno, instituciones públicas y privadas; y, organizaciones sociales, para la priorización concertada, promoción, vigilancia y cumplimiento de políticas internacionales, regionales y locales en beneficio de las poblaciones vulnerables. Cuarto.CONFORMAR los comités antes mencionados con representantes de las siguientes instituciones: - Coordinador Territorial de Programas Sociales Cajamarca-MIDIS - Ministerio Público: Fiscalía de Prevención del delito, Fiscalía de familia y Fiscalía penal. - Ministerio del Interior - Frente Policial Cajamarca. - Corte Superior de Justicia de Cajamarca. - MIMP- Centro Emergencia Mujer Cajamarca. - Defensoría del Pueblo. - Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

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