Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2015 (27/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 27 de julio de 2015 /

El Peruano

Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud, realizar las siguientes acciones: - Realizar la Identificación y Certificación de Discapacidad, en cada una de las provincias de la Región Cajamarca, como medida de observancia obligatoria. - Crear estrategias de salud considerando el servicio de calidad y la situación cultural de las personas con discapacidad. Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, realizar las siguientes acciones: - Elaborar un Plan de Inclusión laboral de las personas con discapacidad. - Desarrollar programas y talleres de capacitación y mejoramiento de capacidades productivas, de acuerdo a los diversos tipos de discapacidad. - Elaborar un Programa de servicios de capacitación, inserción y certificación laboral, correspondiente a las necesidades de empleabilidad de las personas con discapacidad, estableciendo metas e Indicadores de cumplimiento. - En coordinación con el CONADIS y la OREDIS, realizar seguimiento al cumplimento de las instituciones públicas y privadas de contratar personas con discapacidad en una proporción no Inferior al 5% de la totalidad de su personal y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%; para tal fin, a partir del año 2015 deberá elaborar un plan de acción que incluya un cronograma de cumplimiento. Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación, las siguientes acciones: - Incluir las necesidades de atención educativa de las personas con discapacidad en la planificación e implementación de medidas de acceso a servicios educativos con calidad y pertinencia. - Establecer planes de capacitación al personal docente para atender de manera adecuada a niños y niñas con discapacidad. - Mejorar la accesibilidad física de la infraestructura de las instituciones educativas y en los proyectos de construcción de los nuevos locales considerar las normas de accesibilidad vigentes. - Registrar y realizar un seguimiento y monitoreo de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad para que se matriculen y permanezcan en el sistema educativo, evitando la deserción escolar y la exclusión del sistema educativo. - Promover la participación de estudiantes con discapacidad en actividades culturales, científicas y deportivas. Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, las siguientes acciones: - Promover que los estacionamientos, de los establecimientos públicos y privados, dispongan la reserva de espacios para vehículos conducidos por personas con discapacidad o vehículos que los transportan. - Coordinar con la Policía Nacional del Perú y las municipalidades la supervisión y fiscalización del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad de las empresas de transporte público terrestre de pasajeros, debiendo contar con unidades accesibles para personas con discapacidad. - Promover el acceso de las personas con discapacidad a la información y la comunicación, de acuerdo a la tecnología. Sétimo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda y Construcción, las siguientes acciones: - Promoción de la construcción de viviendas y edificaciones accesibles en la región. - Promoción y acceso preferente a los programas públicos de vivienda. - Promover que los programas públicos de vivienda contemplen normas de accesibilidad para las personas con discapacidad.

Octavo.ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional asignar el presupuesto correspondiente a las dependencias del Gobierno Regional Cajamarca descritas en los artículos precedentes para la implementación de las acciones encargadas en la presente ordenanza, de acuerdo a la normatividad vigente. Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, promover la participación y representación de las personas con discapacidad en los espacios regionales de concertación y decisión. Décimo.- ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Undécimo.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca. gob.pe). Duodécimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, al primer día del mes de julio del año dos mil quince. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e)
La Primera Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad del INEI2012, señala que en el Perú existen 1,575 402.00 personas con algún tipo de discapacidad, lo que significa el 52% de la población total, de la cual 754, 671.00 son hombres (siendo un 47,1%) y 820, 731.00 son mujeres (siendo un 52,9%). La misma encuesta señala que en la población con discapacidad se encuentra excluida en los diversos ámbitos, apartada del acceso a una vida con mayor dignidad y autonomía.

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1267592-2

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Designan Auxiliar Coactivo de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000316 Callao, 17 de julio de 2015 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Memorando Nº 357-2015-GRC / GA-ORH de fecha 15 de julio del 2015, emitido por la Oficina de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración; y el Informe Nº 036-2015-GRC / ECCR de fecha 07 de julio del 2015, emitido por el Ejecutor Coactivo Regional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000270 de fecha 29 de mayo del 2015, se designó a los integrantes de la Comisión encargada de efectuar el Concurso Público Nº 01-2015, para cubrir la plaza vacante de Auxiliar Coactivo, Plaza CAP Nº 037, Nivel P-1, de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao, conforme a lo señalado al Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva; Que, la citada Comisión estableció los procedimientos correspondientes, a fin de desarrollar el proceso de

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