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El Peruano Miércoles 3 de junio de 2015 553972 como almácigos, para el sistema hidropónico. El área mínima sembrada será de un 60% del techo, dejando el resto solo para espacios de circulación y otros como cuartos de máquinas de ascensor y tanque elevado., para lo cual se deberán llevar a cabo, cursos de capacitación, los mismos que estarán a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental. Artículo 6º.- INCENTIVOS Todos los beneficiarios del Programa Techo y Muro Verde, serán participantes de un concurso anual, por el que se entregara el premio “El jardín del año en tu techo y Muro” con regalos en bienes y efectivo proveniente de auspiciadores vinculados con el cuidado del medio ambiente, según pautas de la Gerencia de Gestión Ambiental propondrá, así como con certificados de calidad, en caso de las empresas que asuman el desafío de vestir de jardines los aires de las edificaciones. Artículo 7º.- DIFUSIÓN La difusión del concepto, la fi nalidad los benefi cios y los incentivos del programa Techo y Muro Verde, estará a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Urbano la Reglamentación de la presente Ordenanza la que deberá de ser aprobada en un plazo máximo de 90 días calendarios contados a partir de publicada la ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano Segunda.- ENCÁRGUESE a la Sub Gerencia de Fiscalización la elaboración de un procedimiento sancionador para aquellos que infrinjan lo establecido según la reglamentación de la presente Ordenanza. Tercera.- Deróguese todas las disposiciones legales que se opongan a lo dispuesto a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1244777-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Derogan la Ordenanza Nº 017-MDMM y restablecen la vigencia de la Ordenanza Nº 484-MDMM ORDENANZA Nº 018-MDMM Magdalena del Mar, 28 de mayo de 2015 ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 017-MDMM EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 12 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus Artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece en su Artículo 88º que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble, en armonía con el bien común; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 017-MDMM, restableciéndose la vigencia de la Ordenanza Nº 484-MDMM. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1245319-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Enmienda Nº Uno al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú (Convenio de Donación de USAID Nº 527-0426) Convenio de Donación de USAID No. 527-0426 USAID Assistance Agreement No. 527-0426 ENMIENDA No. UNO AMENDMENT No. ONE AL TO THE CONVENIO DE DONACION ASSISTANCE AGREEMENT ENTRE BETWEEN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA THE UNITED STATES OF AMERICA Y AND LA REPUBLICA DEL PERU THE REPUBLIC OF PERU Fecha: 19 JUL. 2013 Codifi cación Contable: Date: Accounting Symbols: Funding Codes: AC-X 2013 DV/2012/2013 DM/2012/2013 ES/2012/2013 ENMIENDA No. UNO de fecha_________, entre los Estados Unidos de América, representado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (“USAID”), y la República del Perú (“Donatario”): POR CUANTO, el Donatario y USAID celebraron el Convenio de Donación 527-0426 el 20 de setiembre del 2012 (el “Convenio”); POR CUANTO, USAID acordó donar al Donatario, sujeto a la disponibilidad de fondos, una contribución total estimada ascendente a Trescientos Cincuenta y Cinco