Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2015 (03/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1245356-2

El Peruano Miercoles 3 de junio de 2015

Judicial mediante Oficio N° 291-2015-OPJ-CNPJ-CE/ PJ, pone a consideracion de este Organo de Gobierno el Informe N° 048-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, por el cual desarrolla un analisis actualizado sobre los alcances establecidos por la Resolucion Administrativa N° 3162014-CE-PJ, informando lo siguiente: a) El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tantara fue creado mediante Resolucion Administrativa Nº 1772004-CE-PJ de fecha 29 de setiembre de 2004, teniendo competencia territorial en los 8 distritos del norte de la Provincia de Castrovirreyna como son San MORDAZA, Huamatambo, Tantara, Chupamarca, Aurahua, MORDAZA de Arma, Huachos y Capillas, razon por la cual dicho organo jurisdiccional viene atendiendo a una poblacion estimada en aproximadamente 9,846 habitantes, de los cuales el 61% se concentra en los distritos de Tantara, Chupamarca, Aurahua, Huamatambo y MORDAZA de Arma cercanos a la sede de Tantara. Por este motivo, la Oficina de Productividad Judicial precisa que de reubicarse dicho Juzgado de Paz Letrado al Distrito de San MORDAZA, se generaria como consecuencia de ello, que gran parte de los justiciables tengan que recorrer una mayor distancia para acceder a los servicios de justicia. b) De acuerdo a lo senalado por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tantara en su recurso de reconsideracion, mediante Resolucion de Alcaldia N° 008-2008-MDT de fecha 7 de enero de 2008, dicho municipio cedio en calidad de donacion al Poder Judicial, un terreno de aproximadamente 600 m2, cuyo expediente tecnico para la construccion de la respectiva sede judicial esta en plena elaboracion por parte de dicho municipio, de acuerdo a los parametros tecnicos del Poder Judicial. c) En cumplimiento del Decreto Supremo N° 0032014-JUS, mediante el cual se aprobo el Plan para la Consolidacion de la Reforma Penal y la modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, la Junta de Fiscales Supremos creo mediante Resolucion N° 027-2015-MP-FN-JFS de fecha 28 de marzo de 2015, la Fiscalia Provincial Mixta de Tantara la cual tiene competencia en los distritos de Tantara, Chupamarca, Aurahua, MORDAZA de Arma, Huamatambo, Huachos, Capillas y San Juan. Asimismo, el articulo decimo MORDAZA de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1069-2015-MP-FN de fecha 29 de marzo de 2015, ha dispuesto que la Fiscalia Provincial Mixta de Tantara conozca las causas en materia civil y familia, adicionalmente a los casos que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Ademas, en el Distrito de Tantara funciona la sede de la Policia Nacional del Peru, mientras que en el Distrito de San MORDAZA no existe Comisaria de la Policia Nacional del Peru; esto ultimo, segun lo senalado por el MORDAZA de la mencionada municipalidad en su recurso de reconsideracion. d) Por tal motivo, se considera conveniente dejar sin efecto la reubicacion del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tantara al Distrito de San MORDAZA, dispuesta en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 316-2014-CE-PJ, y como consecuencia de ello dejar sin efecto lo dispuesto en los articulos MORDAZA, tercero, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de dicha resolucion, respecto a la ampliacion de competencia territorial del Distrito Judicial de Ica y la modificacion de la competencia territorial del Distrito Judicial de Huancavelica. Cuarto. Que, el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo esto asi, resulta conveniente aprobar las recomendaciones contenidas en el Informe N° 048-2015OPJ-CNPJ-CE/PJ, presentado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 6612015 de la vigesimo setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad,

Dejan sin efecto diversos articulos de la Res. Adm. Nº 316-2014-CE-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 165-2015-CE-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Oficio N° 291-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ e Informe N° 048-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, remitidos por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 316-2014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de MORDAZA de 2015, se dispuso lo siguiente: · "Articulo Segundo.- Reubicar el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tantara, Provincia de Castrovirreyna, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, al Distrito de San MORDAZA, Provincia de Castrovirreyna, del mismo Distrito Judicial; el cual se denominara Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, con competencia en los distritos y centros poblados del norte de la Provincia de Castrovirreyna; siendo estos: Aurahua, Chupamarca, MORDAZA de Arma, Tantara, Cochamarca, Chocoro, Percoya, Central, MORDAZA Libre, Cullpara, MORDAZA, MORDAZA, Antacancha, Vista MORDAZA, Chucuhuasi, Ccollota, Huacyas, Mejorada, Antahocro, Chancahuasi, San MORDAZA de Huarcapana, Huamatambo, MORDAZA MORDAZA, Cascani y Cotas, Provincia de Castrovirreyna; asi como Cusicancha, Provincia de Huaytara, respectivamente, Departamento de Huancavelica."; · "Articulo Tercero.- Ampliar la competencia territorial del Distrito Judicial de Ica, con la incorporacion del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Castrovirreyna, y de los distritos y centros poblados del norte de la Provincia de Castrovirreyna; asi como de la Provincia de Huaytara, establecidos en el articulo precedente. El reubicado Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San MORDAZA, asi como las circunscripciones MORDAZA mencionadas, quedaran bajo la competencia de los organos jurisdiccionales de la Provincia de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica." · "Articulo Cuarto.- Modificar, en consonancia con lo dispuesto precedentemente, la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica." Segundo. Que, al respecto, mediante Resolucion Administrativa N° 136-2015-CE-PJ de fecha 15 de MORDAZA de 2015, se dispuso entre otros alcances lo siguiente: "Articulo Primero.- Suspender de oficio la ejecucion de la Resolucion Administrativa Nº 316-2014-CE-PJ, del 17 de setiembre de 2014, hasta que la Oficina de Productividad Judicial remita a este Organo de Gobierno el informe de evaluacion actualizado en relacion a la implementacion de las medidas establecidas en la citada resolucion, y cumplido el encargo se adopten las medidas complementarias y/o decisiones que correspondan." Tercero. Que, en ese sentido, de conformidad con el mandato establecido en la citada resolucion administrativa, el Jefe de la Oficina de Productividad

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