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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (03/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Miércoles 3 de junio de 2015 553917 Que, el artículo 10, numeral 10.1 de la Ley N.° 30281, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo las excepciones listadas en el referido numeral 10.1, entre las que se encuentran los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, el viaje que efectuará el funcionario del MINAM, se encuentra subsumido en la excepción descrita en el considerando precedente, en razón a que el mismo se desarrollará como resultado de la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, así como en el marco de la próxima COP21 a realizarse en París-Francia, por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente y de nuestro país; Que, es de indicar que los pasajes y viáticos que irrogue el viaje del señor Gabriel Quijandría Acosta, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente – MINAM, serán cubiertos con los recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N.° 00087130 “Apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus normas modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar excepcionalmente, el viaje al exterior y en comisión de servicios, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, del funcionario del Ministerio del Ambiente – MINAM que se menciona a continuación: Nombres y Apellidos Dependencia Destino Cargo Fecha de Autorización Gabriel Quijandría Acosta Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales Bonn – República Federal de Alemania Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y Director Nacional del Proyecto N° 0087130 Del 06 al 10 de junio de 2015 Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con los recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación y consolidación de capacidades para la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, sus actividades y eventos conexos”. Gabriel Quijandría Acosta Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 5,334.69 Viáticos US$ 711.00 Artículo 3.- Encargar las funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, al señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez – Moreno, Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, en adición a sus funciones, a partir del 06 de junio de 2015, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario del MINAM cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1245201-1 DEFENSA Autorizan viaje de suboficial del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 189-2015-DE/EP Lima, 2 de junio de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 1016/DIEDOC/C-5.b del 27 de abril de 2015, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 015/AMC del 16 de marzo de 2015, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia comunicó al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, la oferta académica disponible para el Ejército del Perú durante el presente año 2015; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica, al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Suboficial de Primera EP David Giovanni Escalante Guevara, para realizar el Curso Básico de Inteligencia, en la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército Nacional de Colombia, en la Ciudad de Bogotá, D.C, República de Colombia, del 12 de junio al 01 de diciembre de 2015; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar antes mencionado, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad del curso, es