Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2015 (10/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

554690
a un acuerdo con el Estado, a fin de conservar la diversidad biologica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un periodo no menor a diez (10) anos, renovables; Que, la Resolucion Presidencial Nº 199-2013SERNANP de 31 de octubre de 2013, a traves de la cual se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, son aplicables al procedimiento en curso por encontrarse vigentes a la fecha de MORDAZA de la solicitud sobre reconocimiento del Area de Conservacion Privada; Que, mediante los documentos con Registros N° 012983-2014, Nº 21046-2014, N° 22248-2014, N° 0021362015 y N° 006944-2015, el senor MORDAZA MORDAZA Escula, en su calidad de Presidente de la Comunidad Campesina de Paz y MORDAZA, solicita al SERNANP el reconocimiento del Area de Conservacion Privada Ronsoco Cocha, por un periodo de diez (10) anos, sobre una superficie de trescientos sesenta y tres hectareas y seis mil ochocientos treinta metros cuadrados (363.683 ha.), area parcial del predio perteneciente a la Comunidad Campesina "Paz y Esperanza", conforme al Plano y Memoria Descriptiva incluida en la respectiva Ficha Tecnica, la cual se encuentra ubicada en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 04015184 de la MORDAZA Registral N° III ­ Sede Moyobamba; Que, mediante la emision de la Resolucion Directoral N° 057-2014-SERNANP-DDE de 28 de noviembre de 2014 (que concluye la primera etapa) y del Informe N° 383-2015SERNANP-DDE de 23 de MORDAZA de 2015 (que concluye la MORDAZA etapa), el SERNANP observa las etapas del procedimiento contemplado en la Directiva que aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, aprobado por Resolucion Presidencial Nº 199-2013-SERNANP, otorgando su conformidad para el reconocimiento de la citada Area de Conservacion Privada, determinando que el area propuesta reune los valores que le confieren importancia para ser reconocida como Area de Conservacion Privada, y que su reconocimiento garantizara el adecuado mantenimiento de una muestra representativa de la biodiversidad presente en el area, desarrollando estrategias de conservacion y desarrollo sostenible de las poblaciones cercanas; Que, las areas naturales protegidas cumplen un rol fundamental para el MORDAZA de mitigacion de los efectos del cambio climatico y contribuyen significativamente a reducir sus impactos; la biodiversidad que estas conservan constituyen un componente necesario para una estrategia de adaptacion al cambio climatico y sirven como amortiguadores naturales contra los efectos del clima y otros desastres, estabilizando el suelo frente a deslizamientos de tierra; servicios como regulacion del clima y absorcion de los gases de efecto invernadero, entre otros; y mantienen los recursos naturales sanos y productivos para que puedan resistir los impactos del cambio climatico y seguir proporcionando servicios ambientales a las comunidades que dependen de ellos para su supervivencia; por tanto, resulta procedente emitir la presente resolucion sobre reconocimiento del Area de Conservacion Privada Ronsoco Cocha; De acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Reconocer el Area de Conservacion Privada (ACP) Ronsoco Cocha, por el periodo de diez (10) anos, sobre una superficie de trescientos sesenta y tres hectareas y seis mil ochocientos treinta metros cuadrados (363.683 ha.), area parcial del predio perteneciente a la Comunidad Campesina "Paz y Esperanza", inscrito en la Partida Registral Nº 04015184 de la MORDAZA Registral N° III ­ Sede Moyobamba, ubicada en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Establecer como objetivo general del Area de Conservacion Privada Ronsoco Cocha, el contribuir a la conservacion de los bosques premontanos, ecosistemas fragiles y MORDAZA de agua, garantizando asi su produccion permanente; con la participacion activa de la poblacion local contribuyendo con su desarrollo bajo enfoque ambiental. Articulo 3.- En aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 3 del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM,

El Peruano Miercoles 10 de junio de 2015

que contiene las disposiciones para la elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, la Ficha Tecnica del Area de Conservacion Privada Ronsoco Cocha constituye en su Plan Maestro, en razon a que este contiene las condiciones que el propietario se compromete a mantener, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte del propietario de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1 y 5 del articulo 2019 del Codigo Civil, asi como del articulo 15 de la Resolucion Presidencial Nº 199-2013-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el propietario procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Ronsoco Cocha, por un periodo de diez (10) anos, segun detalle: 1. Usar el predio para los fines de conservacion para los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, o a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 3. Cumplir con el Plan Maestro, el mismo que tiene una vigencia de cinco (05) anos renovables. 4. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. 5. Cumplir con las demas obligaciones que establece la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0382001-AG, asi como los compromisos asumidos ante el SERNANP, y demas normas que se emitan al respecto. Articulo 6.- Lo dispuesto en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de derecho real alguno sobre el area reconocida, asi como tampoco constituye medio de prueba para el tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Articulo 7.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. La presente Resolucion y sus Anexos seran publicados, asimismo, en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicacion de la resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

1248673-3

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal (CAP Provisional) del SENACE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2015-MINAM
MORDAZA, 8 de junio de 2015 Visto; el Oficio N° 057-2015-SENACE /J de 22 de MORDAZA de 2015 de la Jefa (e) del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE; el Informe N° 160-2015-MINAM/SG/OPP de 05 de MORDAZA de 2015, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 086-2015-MINAM/SG/OAJ de 11 de MORDAZA de 2015, de la Oficina de Asesoria Juridica; y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.