Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2015 (10/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el articulo 1 de la Ley N° 28243, Ley que amplia y modifica la Ley Nº 26626 sobre el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmision Sexual, declara de necesidad nacional e interes publico la lucha contra la infeccion por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmision Sexual (ITS); Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 525-2012/ MINSA se establece que la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Infecciones de Transmision Sexual y VIH-SIDA tiene dependencia funcional de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; asimismo, que cada Estrategia Sanitaria Nacional esta a cargo de un Coordinador, quien tiene las funciones de disenar, planificar, programar, monitorear, supervisar y evaluar la implementacion y ejecucion del Plan aprobado de la Estrategia Sanitaria Nacional a su cargo, asi como de la articulacion intra e intersectorial; Que en virtud a ello, mediante el Informe N° 78-2015ESN PC ITS-VIH-SIDA-DAIS-DGSP/MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas, ha propuesto declarar el 10 de junio de cada ano como el "Dia Nacional de la Prueba del VIH", con el objetivo de crear conciencia sobre la importancia de realizarse la prueba para el VIH, que permita cerrar las brechas de diagnostico de esta condicion; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Publica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar el 10 de junio de cada ano como el "Dia Nacional de la Prueba de VIH". Articulo 2.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control del ITS/VIH/SIDA o las que MORDAZA sus veces a nivel del IGSS, las direcciones de salud, los gobiernos regionales, las municipalidades, ESSALUD, sanidades de las Fuerzas Armadas y Policiales; la implementacion y supervision del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

El Peruano Miercoles 10 de junio de 2015

Informes Nº 228-2015-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y Nº 234-2015-MTC/12.04, de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el numeral 10.1 del articulo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, preve que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el MORDAZA de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronautica civil, una solicitud para la evaluacion de su personal aeronautico, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, la solicitud presentada por la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe Nº 234-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe Nº 228-2015-MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 30281, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urteaga, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 11 al 16 de junio de 2015 a la MORDAZA de Vancouver, Canada, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe Nº 2282015-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 234-2015-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa L.C BUSRE S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- El Inspector autorizado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15)

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada y EE.UU. en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 297-2015 MTC/01.02
MORDAZA, 3 de junio de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa L.C BUSRE S.A.C. con registro P/D Nº 074517 del 29 de MORDAZA de 2015, y los

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