Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

555237
MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO GIAMMPOL MORDAZA MORDAZA VISTO: El Oficio N° 344-2015-P-ETII.NLPT-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA del ano 2013, este Organo de Gobierno aprobo por el plazo de cuatro meses, la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo". Por lo que corresponde al termino de dicho plazo aprobar en forma definitiva la estructura organizacional, con el objeto de afianzar el eficaz desempeno de los Equipos Tecnicos MORDAZA citados. Segundo. Que, en el MORDAZA de las modificaciones propuestas se establece la facultad de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de proponer -en casos excepcionales- ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la designacion de otro Juez Superior Titular como Presidente del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion del Codigo Procesal Penal y del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, atendiendo a razones de especialidad y/o situacion de urgencia acreditada. Tercero. Que, analizada la naturaleza de este MORDAZA de designaciones, es evidente que el nombramiento de los Presidentes de los Equipos Tecnicos Distritales MORDAZA enunciados recae en primer orden en los Presidentes de cada Corte Superior de Justicia; y solo excepcionalmente en otro Juez Superior. En este ultimo caso, resulta imprescindible que tal designacion se realice tomando en cuenta la experiencia y especialidad de los Jueces candidatos; asi como su aptitud para cumplir los objetivos trazados por cada gobierno distrital segun su politica de accion. Cuarto. Que, en orden a lo expuesto, considero que los Presidentes de cada Corte Superior de Justicia se encuentran en una posicion privilegiada para reconocer directamente en sus candidatos el perfil requerido a fin de asumir la titularidad del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion del Codigo Procesal Penal y el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Siendo ello asi, resulta innecesario someter dicha eleccion a la aprobacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tanto mas si este Organo de Gobierno asume en la actualidad una elevada carga procesal, que impedirian la atencion inmediata que exige la consulta de tal designacion. Quinto. Considerando estas circunstancias asi como la necesidad de contar con un titular que sin mayor dilacion inicie las funciones de los Equipos Tecnicos, es preciso que la eleccion de los Presidentes, tanto del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion del Codigo Procesal Penal como del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, sea una facultad exclusiva de los Presidentes de cada Corte Superior de Justicia, cuando estos no puedan asumir directamente dicho cargo. En consecuencia, considerando los fundamentos precedentemente expuestos, mi MORDAZA es por desestimar la modificacion del articulo 22° de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en el extremo que establece que la designacion de otros Jueces Superiores titulares como Presidentes de los Equipos Tecnicos de Implementacion MORDAZA senalados, debe ser elevada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015 GIAMMPOL MORDAZA MORDAZA Consejero 1251755-1

de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, de acuerdo a las instrucciones impartidas y a traves de las herramientas informaticas o de cualquier otra indole que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo les proporcione. (...)" Por mayoria, con los votos de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas: Articulo Quinto.- Modificar el articulo 22° de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, aprobada por Resolucion Administrativa N° 061-2013-CEPJ, que se refiere a las atribuciones del Presidente del Equipo Tecnico Distrital del Codigo Procesal Penal, de la siguiente manera: "(...) ARTICULO 22°.ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DEL EQUIPO TECNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACION DEL CODIGO PROCESAL PENAL El Presidente de la Corte Superior de Justicia a nivel institucional, asume la Presidencia del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y a nivel interinstitucional, asume la Presidencia de la Comision Distrital de Implementacion del Codigo Procesal Penal del Distrito Judicial. Por excepcion, el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal podra proponer para dichos cargos ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la designacion de otro Juez Superior titular atendiendo a razones de especialidad y/o de situacion de urgencia acreditada. Sus atribuciones son las siguientes: (...)" Articulo Sexto.- Modificar el articulo 22° de la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo", aprobada por Resolucion Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, que se refiere a las atribuciones del Presidente del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, de la siguiente manera: "(...) ARTICULO 22°.ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DEL EQUIPO TECNICO DISTRITAL DE IMPLEMENTACION DE LA NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO El Presidente de la Corte Superior de Justicia asume la Presidencia del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Por excepcion, el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo podra proponer para dicho cargo ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la designacion de otro Juez Superior titular atendiendo a razones de especialidad y/o de situacion de urgencia acreditada. Sus atribuciones son las siguientes: (...)" Articulo Setimo.- Transcribir la presente resolucion al Senor Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Oficina de Productividad Judicial, Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente El MORDAZA del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, es como sigue:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.