Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE Articulo 1°.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa Consorcio Electrico Villacuri S.A.C, contra la Resolucion Osinergmin N° 022-2015-OS/GART, reconociendose un costo total de S/. 21 565,10 por concepto de actividades de implementacion y operatividad mensual del FISE, monto que sustituira al reconocido en la Resolucion Osinergmin N° 022-2015-OS/GART, por las razones expuestas en el numeral 2.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Incorporese los Informes N° 385-2015GART y N° 386-2015-GART, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada conjuntamente con los Informes N° 385-2015-GART y N° 386-2015-GART en la pagina web de Osinergmin. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria OSINERGMIN 1251720-2

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) realizar la audiencia publica correspondiente el 12 de diciembre de 2014; y iii) elaborar para el quinquenio regulatorio 2015-2020 la propuesta final de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran aplicadas por EPS CHAVIN S.A. (que contienen la evaluacion de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasion de la audiencia publica); Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS CHAVIN S.A. y disponer la constitucion del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la formula tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; Segun lo dispuesto por el articulo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesion del 29 de MORDAZA de 2015; HA RESUELTO: Articulo 1°.- Aprobar las metas de gestion que debera cumplir EPS CHAVIN S.A. en el quinquenio regulatorio 2015-2020, asi como los mecanismos de evaluacion de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolucion. Articulo 2°.- Aprobar la formula tarifaria que aplicara EPS CHAVIN S.A. durante el quinquenio regulatorio 20152020, asi como sus condiciones de aplicacion, de acuerdo con lo especificado en el Anexo Nº 2 de la presente resolucion. Articulo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2015-2020 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS CHAVIN S.A., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 4°.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por EPS CHAVIN S.A., el cual solo podra ser utilizado para tal fin. Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias a que se refiere el siguiente parrafo, la SUNASS comunicara estos hechos al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Para constituir el referido fondo, EPS CHAVIN S.A. debera destinar mensualmente, en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de sus ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluyendo el cargo fijo y sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal. Dichos porcentajes se establecen en el Anexo N° 4 de la presente resolucion. Articulo 5°.- Aprobar los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que EPS CHAVIN S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolucion. Articulo 6°.- EPS CHAVIN S.A. debera reservar mensualmente, para la gestion de riesgos de desastres, el 2,4% de sus ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluyendo el cargo fijo y sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal. Para tal efecto, EPS CHAVIN S.A. debera abrir una cuenta en el sistema bancario para el deposito de los recursos provenientes de esta reserva, los cuales

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban metas de gestion, formula tarifaria y estructura tarifaria de EPS CHAVIN S.A. en el quinquenio regulatorio 2015 - 2020
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 021-2015-SUNASS-CD MORDAZA, 15 de junio de 2015 VISTO: El Memorandum N° 093-2015-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta final, para el quinquenio regulatorio 2015-2020, de: i) formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran aplicadas por EPS CHAVIN S.A.1 y ii) costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria N° 005-2014-SUNASS-GRT, se inicio el procedimiento de aprobacion de: i) formula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestion y ii) costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EPS CHAVIN S.A.; Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas

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Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavin S.A. Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0092007-SUNASS-CD.

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