Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (17/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Miércoles 17 de junio de 2015 555225 deberán destinarse exclusivamente a los fines del presente artículo. Si se comprobara un uso distinto o que no se hayan efectuado las transferencias a que se refiere el presente párrafo, la SUNASS comunicará este hecho a los titulares de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República. Artículo 7°.- El inicio del quinquenio regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del primer ciclo de facturación posterior a la entrada en vigencia de la presente resolución. Artículo 8°.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). El estudio tarifario se publicará en la web de la SUNASS. Artículo 9°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS CHAVÍN S.A. El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta fi nal de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS CHAVÍN S.A. para el quinquenio regulatorio 2015-2020. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión efi cientes de la empresa, que fi guran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo No 2 del Reglamento General de Tarifas1. Asimismo, se ha evaluado la propuesta fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EPS CHAVÍN S.A. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identifi cados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALES De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 273323, y los artículos 24º y 26º del Reglamento General de la SUNASS4, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a las EPS. Asimismo, el artículo 30º de la Ley Nº 26338f señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 263385 establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el sistema tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS. III. IMPACTO ESPERADO La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EPS CHAVÍN S.A. favorece, por un lado, a la empresa y, por el otro, a la población atendida. A la EPS, debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque esta se benefi ciará del compromiso de la empresa refl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007- SUNASS-CD. 3 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 4 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 5 Ley General de Servicios de Saneamiento. 6 Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA. ANEXO N° 1 METAS DE GESTIÓN DE EPS CHAVÍN S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2015-2020 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN A. METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión de los proyectos ejecutados y fi nanciados con recursos internamente generados por la empresa. a) Meta de Gestión Base a Nivel de EPS Meta de Gestión Unidad de medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Relación de Trabajo 1/ % 83% 71% 70% 65% 65% 65% 1/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación (deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios colaterales y provisión por cobranza dudosa y gestión de riesgos de desastres), entre los ingresos operacionales totales (referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado incluido cargo fi jo). b) Metas de Gestión Base a Nivel de Localidad LOCALIDAD DE HUARAZ Metas de Gestión Unidad de medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento Anual de Nuevos Medidores 1/ # - 600 610 605 605 605 Renovación Anual de Medidores # - 166 166 166 166 166 Agua No Facturada 2/ % 44% 44% 43% 43% 41% 39% Continuidad 3/ Horas/ día 23 23 23 23 23 23 Presión Mínima Promedio 4/ m.c.a. 10 10 10 10 10 10 Presión Máxima Promedio 4/ m.c.a. 50 50 50 50 50 50 Conexiones Activas de Agua Potable % 95% 95% 95% 95% 95% 95% Actualización de Catastro Técnico de Agua Potable y Alcantarillado 5/ % 98% 99% 100% 100% 100% 100% Actualización de Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado 5/ % 0% 20% 40% 60% 80% 100% 1/ Se refi ere a la instalación de medidores por primera vez. 2/ Considera el total de las pérdidas técnicas y comerciales en el sistema de agua potable. 3/ La meta no aplica para la zona de Los Olivos que en promedio se mantendrá en 11 horas/día, ya que su abastecimiento es por bombeo. 4/ En todos los sectores se debe cumplir que la presión se encuentre entre 10 m.c.a. y 50 m.c.a. 5/ La EPS deberá digitalizar el catastro técnico y el catastro comercial hasta lograr el 100% al año 5.