Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas
RESOLUCION DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 064-2015-OS/GART MORDAZA, 12 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE), estableciendo en su Articulo 3° un esquema de compensacion social y servicio universal para los sectores mas vulnerables de la poblacion, que comprende, entre otros, una compensacion para promover el acceso al GLP de dicha poblacion, mediante un descuento en la compra mensual de un balon de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras electricas, de conformidad con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementacion del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resolucion Osinergmin N° 034-2013OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 13 de marzo de 2013, se aprobo la MORDAZA "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas"; Que, posteriormente, con Resolucion Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario oficial El peruano el 24 de septiembre de 2014, se aprobo la nueva MORDAZA "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras electricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas" (en adelante la "Norma Costos FISE"). Esta MORDAZA dispuso en su Tercera Disposicion Complementaria, Modificatoria y Derogatoria que en la fecha de publicacion de la primera resolucion de aprobacion de costos estandares unitarios a que se refiere su Articulo 16.4, quedaria sin efecto la MORDAZA aprobada con Resolucion Osinergmin N° 034-2013-OS/CD; Que, mediante Resolucion Osinergmin N° 012-2015OS/GART, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2015, se aprobaron los costos estandares unitarios de cada una de las zonas de atencion FISE aplicables a cada distribuidora electrica, quedando derogada la MORDAZA aprobada con Resolucion Osinergmin N° 034-2013-OS/CD el dia 25 de febrero de 2015, fecha a partir de la cual se efectua el reconocimiento de los costos administrativos y operativos del FISE considerando los costos estandares unitarios aprobados; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras electricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Sur Este, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emseusac, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12B, 12-C y 12-D segun lo dispuesto en la MORDAZA Costos

FISE, asimismo las empresas Edecanete, Edelnor, Electro MORDAZA, Electronoroeste, Hidrandina y Luz del Sur han presentado sus formatos de acuerdo con lo dispuesto en la MORDAZA Costos FISE y la Resolucion Osinergmin N° 034-2013-OS/CD; Que, los formatos remitidos contienen informacion hasta el mes de marzo de 2015 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a Osinergmin la aprobacion de dichos costos, luego de la revision efectuada, a fin de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las distribuidoras electricas; Que, en ese sentido, los gastos generados por las distribuidoras electricas hasta el 24 de febrero de 2015, durante la vigencia de la MORDAZA aprobada con Resolucion Osinergmin N° 034-2013-OS/CD, se reconoceran segun los formatos y criterios establecidos en dicha MORDAZA, mientras que los gastos efectuados a partir de la publicacion de la Resolucion Osinergmin N° 012-2015OS/GART, es decir a partir del 25 de febrero de 2015, se reconoceran considerando los costos estandares unitarios aprobados asi como lo dispuesto en los Articulos 17°, 18° y 19° de la MORDAZA Costos FISE, debido a que los costos estandares unitarios no pueden aplicarse de manera retroactiva, por lo que en una correcta aplicacion de las normas en el tiempo, corresponde aplicar la MORDAZA que se encontraba vigente al momento en que se generaron los gastos; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Tecnico N° 0369-2015-GART de la Division de Distribucion Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, de acuerdo con lo siguiente: Monto total a reconocer por OSINERGMIN (Nuevos Soles) 16 469,09 2 970,60 7 707,98 3 286,58 7 355,13 7 144,19 117 758,34 107 858,79 120 055,39 21 109,34 204 680,35 207 410,78 84 253,11 10 800,00 2 072,05

Empresa Adinelsa Chavimochic Coelvisac Edecanete Edelnor Electro Dunas Electro Oriente Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Ucayali Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa

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