Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

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Donde: n: es el numero de metas de gestion. i: es el ano del quinquenio regulatorio que se desea medir. II.- SUPERVISION Y FISCALIZACION DE LAS METAS DE GESTION BASE Para efecto de las acciones de supervision, fiscalizacion y sancion, la SUNASS verificara que al final de cada ano del quinquenio regulatorio EPS CHAVIN S.A. MORDAZA cumplido como minimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG - El 80% del ICI a nivel de EPS - El 80% del ICI a nivel de localidad El cumplimiento de los indices MORDAZA senalados sera evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior.

Donde: : es el ano del quinquenio regulatorio que se desea medir : son los anos hasta llegar a · Para el indicador meta: "Continuidad promedio" a. Si VOi < 95% del VAB, el ICI igual a 0%. b. Si VOi 95% del VAB, el ICI sera igual a:

Donde: : es el ano del quinquenio regulatorio que se desea medir · Para el indicador Meta de Gestion "Conexiones activas", "Actualizacion de catastro tecnico de agua potable y alcantarillado" y "Actualizacion de catastro comercial de agua potable y alcantarillado": a. Si el VMi > VAB, el ICI sera igual a:

ANEXO N° 2 FORMULA TARIFARIA DE EPS CHAVIN S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2015-2020, Y CONDICIONES DE APLICACION DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A.INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,110) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,144) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde: : es el ano del quinquenio regulatorio que se desea medir. b. Si el VMi = VAB - Si el VOi VMi, se considerara un ICI igual a 100%. - Si el VOi < VMi, se considerara un ICI igual a 0%. · Para los indicadores meta: "Presion Minima Promedio" y "Presion MORDAZA Promedio": Para presion minima promedio:

T1 = To (1 + 0,110) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,145) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde: To :Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 :Tarifa media que corresponde al ano 1 T2 :Tarifa media que corresponde al ano 2 T3 :Tarifa media que corresponde al ano 3 T4 :Tarifa media que corresponde al ano 4 T5 :Tarifa media que corresponde al ano 5 : Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor Los incrementos tarifarios del primer y tercer anos regulatorios ­de 11,0% y 14,5% en agua potable y 11,0% y 14,4% en alcantarillado respectivamente­ seran destinados a cubrir: i) los costos de operacion y mantenimiento de la EPS; ii) los costos de inversion de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados; y iii) la gestion de riesgos de desastres. Los incrementos tarifarios seran aplicados a todas las categorias de usuarios y a todos los rangos por igual. B. CONDICIONES DE APLICACION DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La verificacion por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestion base previstas autoriza a EPS CHAVIN S.A. a aplicar los incrementos tarifarios base considerados en la formula tarifaria. El incremento tarifario base establecido en el ano 3, se aplicara en forma proporcional al porcentaje del ICG obtenido al termino del MORDAZA ano regulatorio. La EPS podra acceder al saldo del referido incremento tarifario en los siguientes anos del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada ano. La EPS debera acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para acceder a los referidos incrementos tarifarios ante la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS.

Donde: : es el ano del quinquenio regulatorio que se desea medir Para presion maxima: - Si el VOi VMi, se considerara un ICI igual a 100%. - Si el VOi > VMi, se considerara un ICI igual a 0%. Para efectos de la evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion senaladas, aplicara lo siguiente: a) Si el ICI resulta mayor al 100%, se considerara un cumplimiento individual de 100%. b) Si el ICI es negativo, se considerara un cumplimiento de 0%, en caso no se contraponga a lo anteriormente establecido. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestion en un ano regulatorio. Se define como la media aritmetica de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestion. Se expresa en porcentaje.

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