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El Peruano Lunes 29 de junio de 2015 556154 de Agricultura y Riego, para la respectiva notifi cación a la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CAFÉ ORGANICO AROMATICO DE PUEBLO LIBRE, a fi n que suscriban con éste el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial – CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalación y producción de Café en cinco (05) hectáreas” del predio antes mencionado, pertenecientes a los cuatro (04) productores de ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CAFÉ ORGANICO AROMATICO DE PUEBLO LIBRE, referidos en el noveno considerado de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1255689-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0318-2015-MINAGRI Lima, 23 de junio de 2015 VISTOS: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 073-2015-PRP, iniciado por la “AGRO ASOCIACIÓN Y SERVICIOS TINKUY”, el Informe Final PRP N° 066-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que mediante la Resolución Ministerial N° 0297- 2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por fi nalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de efi ciencia, efi cacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional y carácter prioritario la Reconversión Productiva Agropecuaria en el país, como política permanente del Estado en los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 2 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la producción mediante la utilización de sistemas tecnológicos efi cientes en toda cadena productiva; Que, asimismo, el artículo 7 de la Ley acotada, señala que son benefi ciarios de la Reconversión Productiva Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a un programa o un proyecto determinado; Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014- MINAGRI, señala que podrán participar en los programas o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos: a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acredite la condición de propietario o posesionario del predio; y c) tener el predio bajo producción agropecuaria; Que, mediante solicitud de fecha 19 de mayo de 2015, la “AGRO ASOCIACIÓN Y SERVICIOS TINKUY”, ha formulado a favor de los treinta y tres (33) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalación y producción de Cacao treinta y seis (36) hectáreas”, cuyo expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva N° 073-2015-PRP cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Evaluación PRP N° 0076-2015-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP N° 009-2015- MINAGRI-PCC-UN/FHV; Que, los treinta y tres (33) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agropecuaria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes: 1. AGUILAR HUAMÁN, ELSA. 2. DELGADILLO AGUILAR, CYNTHIA VANESSA. 3. CONTRERAS MARQUEZ, YRENE. 4. GUTIÉRREZ CONTRERAS, SIMÓN. 5. BENAVENTE SÁNCHEZ, FELICITAS. 6. BUSTAMANTE BARBOZA, ROCÍO. 7. PALOMINO PAUCAR, CLEMENTE MANUEL. 8. AGUILAR HUAMÁN, AMERICO. 9. YARANGA HINOSTROZA, ANGEL TOMÁS. 10. LUYA PÉREZ, SANTIAGO. 11. HUAMÁN ORÉ, EUCLIDES. 12. VILLANUEVA PAUCAR, JUAN. 13. HUAMÁN DE AGUILAR, CONCEPCIÓN. 14. HUAMÁN CCOCHACHI, TIMOTEO. 15. MENDOZA LUNAZCO, ROGELIO. 16. AGUILAR PAREDES, WILLIAM EVERLYN. 17. ROJAS MORALES, WALTER. 18. GUTIÉRREZ VELÁSQUEZ, RONALD PELAYO. 19. LOZANO MEJÍA, WALTER. 20. URBANO SILVA, VICTORIA. 21. ROJAS MORALES, ALICIA. 22. CRESPO PAREDES, DIONICIO EDWIN. 23. AGUILAR HUAMÁN, ROBERTO. 24. AGUILAR HUAMÁN IGNACIO. 25. AGUILAR HUAMÁN WALTER. 26. PAREDES ROJAS, RENEE. 27. ROJAS MORALES, ARTEMIO. 28. CRESPO PAREDES, MÁXIMO MICHAEL. 29. BARBOZA VDA. DE GAVILÁN, YDA FORTUNATA. 30. CRESPO PAREDES, DEISY ELIZABETH. 31. ROJAS ORÉ, VICTOR. 32. CRESPO BARBOZA, CIRILO. 33. NINAMANCCO MUNGUÍA, MARÍA. Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 066-2015-MINAGRI- PCC, emite opinión favorable para la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente fi nanciamiento, el mismo que