Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2015 (29/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Riesgos tiene entre sus objetivos ejecutar una adecuada coordinación con las unidades organizacionales del BCRP para la preparación, actualización y pruebas de los planes de continuidad operativa, incluyendo los de contingencia, manejo de crisis y recuperación de desastres; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha 4 de junio del 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la misión en el exterior del señor Héctor Jaime Muñoz, Supervisor Senior de la Gerencia de Riesgos, a la ciudad de Bogotá, Colombia del 6 al 10 de Julio y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fin de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y T.U.U.A.: Viáticos: TOTAL: US$ US$ 568,76 520,00 -----------US$ 1 088,76

El Peruano Lunes 29 de junio de 2015

SBS N° 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013 y el Memorándum N° 569-2015-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de una (01) agencia, según se indica: · Agencia TF Valle Hermoso, situada en Av. Jacarandá Nro. 890, Local Nro. 1, Urbanización Valle Hermoso, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 1256056-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provincial de Caylloma y Distrital de Tuti Caylloma
ACUERDO REGIONAL Nº 056-2015-GRA/CR-AREQUIPA Chivay, 21 de junio del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Descentralizada aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias financieras que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12º de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias financieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y, se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 005-2014GRA/CR-AREQUIPA, de fecha 13.01.2014 se aprobó la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma, por la suma de S/. 3´000,000.00 para el financiamiento del proyecto "Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Carretera Ichupampa ­ Lari, Provincia de Caylloma, Arequipa", siendo que el monto de inversión total del proyecto, según Resolución de la Gerencia Regional de Infraestructura Nº 113-2013GRA/GRI y Resolución de Alcaldía Nº 193-2014-A-

Artículo 3.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1255611-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencia, ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 3468-2015 Lima, 17 de junio de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de la Agencia TF Valle Hermoso, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución

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