Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2015 (29/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

556170
CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias financieras que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12º de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias financieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y, se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Oficio N° 314-2015-GRA/GGR la Gerencia General Regional hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Tuti - Caylloma; asimismo, se adjunta el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, dependencia de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, Informe Nº 438-2015-GRA/ORPPOT-OPT, mediante el cual informa favorablemente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera, siendo los componentes: Componentes de la Transferencia Financiera Gobierno Regional Arequipa (GRA) Municipalidad Distrital de Tuti S/. 208,803.00 (Doscientos ocho mil ochocientos tres y 00/100 nuevos soles) Recursos Determinados 2015 Financiamiento de PIP

El Peruano Lunes 29 de junio de 2015

del Sector Púbico para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 ­ AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 ­ AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Tuti - Caylloma de la Región Arequipa, por el monto de S/. 208,803.00 (Doscientos ocho mil ochocientos tres y 00/100 nuevos soles) como aporte del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de la obra denominada: "Mantenimiento de la Vía Chivay, Tuti ­ Sibayo, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa". Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional que de manera previa a la ejecución de la transferencia financiera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Tuti - Caylloma, el mismo que deberá ser remitido en copia al Consejo Regional en el término de cinco (05), a partir de su suscripción. Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 30281. Cuarto.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la obra mencionada en el artículo primero, recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura. Quinto.- La fiscalización se efectuará a través del Consejo Regional de Arequipa, por lo que dicha fiscalización deberá ser consignada en el respectivo convenio. Sexto.- La Municipalidad Distrital de Tuti - Caylloma deberá cumplir con la obligación de colocar en el respectivo Cartel de Obra, el monto de la presente transferencia precisando la Fuente de Financiamiento y consignando al Gobierno Regional de Arequipa como aportante. Séptimo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a la Ley Nº 30281 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional 1256638-2

Transfiere Monto Fte. Fto. Ejercicio Fiscal Finalidad PIP

A favor de

"Mantenimiento de la Vía Chivay, Tuti ­ Sibayo, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa" Código SNIP ------Código SIAF ------Que, asimismo, mediante Informe Nº 983-2015GRA/ORAJ la Oficina Regional de Asesoría Jurídica informa que se eleve el expediente al Consejo Regional para su aprobación; así también, mediante Informe N° 305-2015-GRA/SGFPI, de fecha 28 de febrero de 2015, el Ing. Edson Rosas Rodríguez, formulador de proyectos presenta; ante la Sub Gerencia de Formulación de Proyectos de Inversión; la Ficha Técnica de Mantenimiento de la Vía Chivay, Tuti ­ Sibayo, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa. Dicha Ficha Técnica fue observada por la Sub Gerencia en mención mediante Oficio N° 076-2015-GRA/SGFPI y oportunamente subsanada por la Municipalidad Distrital de Tuti, mediante Oficio N° 102-MDT-TUTI-2015; Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia financiera para el financiamiento de proyectos de inversión pública, (ii) a la verificación del informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, y (iii) siendo que corresponde al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 30281 / Ley del Presupuesto

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Declaran feriado no laborable en toda la Región Pasco, el día 27 de noviembre de cada año
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Pasco, mediante Oficio Nº 02632015-GRP/PRES, recibido el día 25 de junio de 2015) ORDENANZA REGIONAL Nº 130-2007- G.R.PASCO/CR Pasco, 20 de noviembre de 2007. El Presidente del Gobierno Regional Pasco.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.