TEXTO PAGINA: 41
El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015 548427 aplicación de la presente Ordenanza, que garanticen supletoriamente la ejecución del proceso del Presupuesto Participativo 2016 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planifi cación y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Informática la publicación en el portal institucional de la Municipalidad, para su debida publicidad. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1209619-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Establecen la modalidad de liquidación de los tributos y los derechos de pago por los servicios de actualización mecanizada ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2015-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 21 de enero del 2015, en la estación de Orden del Día, el proyecto de Ordenanza que establece la modalidad de liquidación de los tributos y los derechos de pago por los servicios de Actualización Mecanizada, presentado por la Gerencia de Rentas con el Informe Nº 005-2015- GR-MPB; y, CONSIDERANDO: Que, la cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776, modifi cado por la Ley Nº 27616 y Decreto Legislativo Nº 956, establece que la Municipalidades que cuenten con sistema mecanizado podrán brindar el servicio de emisión, actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio. Quedando facultado a cobrar por dicho servicio no más del 0.4 % de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentar declaraciones juradas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 374-2014-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 30 de Diciembre del 2015, se ha establecido el Valor de Unidad Impositiva Tributaria para el año 2015, en S/. 3,850.00 Nuevos Soles. Que, es necesario establecer la modalidad de la declaración y liquidación del Impuesto Predial así como del Impuesto Vehicular, así como establecer el monto por los servicios de emisión mecanizada, actualización de valores y determinación del Impuesto Predial, arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo correspondientes al ejercicio 2015. Que, asimismo mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2014-AL/CPB se aprueba la Distribución del Costo de Servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el año 2015 estableciéndose que el pago es de periodicidad mensual, efectuándose la recaudación en iguales plazos; Estando a lo expuesto y conforme a lo prescrito por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA MODALIDAD DE LIQUIDACIÓN DE LOS TRIBUTOS Y LOS DERECHOS DE PAGO POR LOS SERVICIOS DE ACTUALIZACIÓN MECANIZADA Artículo 1º.- ESTABLECER, para el ejercicio 2015 la siguiente modalidad de liquidación de los tributos: a) Para el Impuesto Predial la actualización de la valorización de la base imponible, la determinación del impuesto se efectuarán en forma mecanizada por parte de la Administración Tributaria. Sustituyéndose de esta manera la obligación de presentación de declaración jurada anual por parte del contribuyente. Esta modalidad no exime al contribuyente de la obligación de presentación de declaración jurada cuando el predio sufra modificaciones en sus características que sobrepasen el valor de cinco (5) UIT; ni la presentación de declaraciones juradas de rectificación o de actualización de información cuando así lo considere pertinente el contribuyente. b) En el caso del Impuesto Vehicular el contribuyente establecerá la base imponible y determinará el importe del impuesto mediante declaración jurada en formularios que la administración tributaria pondrá a disposición en forma gratuita. c) La determinación de la tarifa de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, se determinarán sin ningún incremento, en monto similar a las tarifas del ejercicio 2014. Debiendo emitirse la hoja de liquidación anual en forma mecanizada con el detalle de la deuda por mes. Artículo 2º.- ESTABLECER, para el ejercicio 2015 el monto de los derechos por servicios de emisión mecanizada, en la forma siguiente. a) Para el Impuesto Predial: - Derecho de emisión y distribución S/. 10.00 - Por cada predio adicional S/. 2.50 b) Para los arbitrios - Derecho de emisión y distribución por mes S/. 0.60 - Derecho de emisión y distribución por año S/. 7.20 Artículo 3º.- PUBLÍQUESE, la presente norma legal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas, Secretaría General y Sub Gerencia de Estadística y Sistema, para que adopten las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase. Dado en la casa Municipal, a los veintiún días del mes de enero del dos mil quince. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1207716-1 Aprueban fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2015 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2015-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 21 de enero del 2015, en la estación de Orden del