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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2015 (12/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015 548428 Día, el proyecto de Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2015, presentado por la Gerencia de Rentas con el Informe Nº 005-2015-GR-MPB, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales en su calidad de órganos de gobierno local, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo la función normativa, la que ejerce a través de normas como las Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme se establece en el numeral cuarto del Artículo 200º de la referida Carta Magna; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, modifi cado por la Ley Nº 27616 y Decreto Legislativo Nº 956, regulan el Impuesto Predial y el Impuesto Vehicular, estableciendo que sus pagos podrán efectuarse al contado o en forma fraccionada; Que, asimismo mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2014-AL/CPB, se aprueba la Distribución del Costo de Servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el año 2015 estableciéndose que el pago es de periodicidad mensual, efectuándose la recaudación en iguales plazos; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, siendo estos tributos de periodicidad anual y/ o mensual; se hace necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015; Que, el segundo párrafo del Artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776 establece la facultad para que las Municipalidades establezcan un monto mínimo a pagar por concepto del impuesto Predial equivalente a 0.6 % de la UIT al 01 de enero del año al que corresponde el impuesto: Que, el Artículo 33º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que en ningún caso el monto a pagar, por concepto del Impuesto Vehicular, será inferior al 1.5 % de la UIT vigente al 01 de enero del año al que corresponde el impuesto. Estando a lo expuesto y conforme a lo prescrito por los Artículos 09, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2015 Artículo 1º.- DISPÓNGASE, que la fecha de vencimiento para el pago al contado o en forma fraccionada del Impuesto Predial y el Impuesto Vehicular para el Ejercicio 2015, sea en las siguientes formas: Al Contado: Último día hábil del mes de Abril En forma Fraccionada: Primera Cuota Último día hábil del mes de Abril Segunda Cuota Último día hábil del mes de Mayo Tercera Cuota Último día hábil del mes de Agosto Cuarta Cuota Último día hábil del mes de Noviembre Artículo 2º.- DISPÓNGASE, que la fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, sea el último día hábil de cada mes, a excepción de los meses de Enero, Febrero y Marzo del 2015, que se pagarán conjuntamente con el mes de Abril hasta el último día hábil de este mes. Artículo 3º.- ESTABLÉZCASE, para el ejercicio 2015 los montos mínimos a pagar por los siguientes tributos: a) Impuesto Predial S/. 23.10 b) Impuesto Vehicular S/. 57.75 Artículo 4º.- PUBLÍQUESE, la presente norma legal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas, Secretaría General y Sub Gerencia de Estadística y Sistema, para que adopten las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los veintiún días del mes de enero del dos mil quince. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1207716-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Otorgan amnistía general e incentivos para el pago de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2015 Huacho, 27 de febrero del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION