Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2015 (12/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Dia, el proyecto de Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2015, presentado por la Gerencia de Rentas con el Informe Nº 005-2015-GR-MPB, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales en su calidad de organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo la funcion normativa, la que ejerce a traves de normas como las Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme se establece en el numeral MORDAZA del Articulo 200º de la referida Carta Magna; Que, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, modificado por la Ley Nº 27616 y Decreto Legislativo Nº 956, regulan el Impuesto Predial y el Impuesto Vehicular, estableciendo que sus pagos podran efectuarse al contado o en forma fraccionada; Que, asimismo mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2014-AL/CPB, se aprueba la Distribucion del Costo de Servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el ano 2015 estableciendose que el pago es de periodicidad mensual, efectuandose la recaudacion en iguales plazos; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, siendo estos tributos de periodicidad anual y/ o mensual; se hace necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776 establece la facultad para que las Municipalidades establezcan un monto minimo a pagar por concepto del impuesto Predial equivalente a 0.6 % de la UIT al 01 de enero del ano al que corresponde el impuesto: Que, el Articulo 33º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que en ningun caso el monto a pagar, por concepto del Impuesto Vehicular, sera inferior al 1.5 % de la UIT vigente al 01 de enero del ano al que corresponde el impuesto. Estando a lo expuesto y conforme a lo prescrito por los Articulos 09, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores asistentes a la sesion y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2015 Articulo 1º.- DISPONGASE, que la fecha de vencimiento para el pago al contado o en forma

El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015

fraccionada del Impuesto Predial y el Impuesto Vehicular para el Ejercicio 2015, sea en las siguientes formas: Al Contado: Ultimo dia habil del mes de MORDAZA En forma Fraccionada: Primera Cuota Ultimo dia habil del mes de MORDAZA MORDAZA Cuota Ultimo dia habil del mes de MORDAZA Tercera Cuota Ultimo dia habil del mes de Agosto Cuarta Cuota Ultimo dia habil del mes de Noviembre Articulo 2º.- DISPONGASE, que la fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, sea el ultimo dia habil de cada mes, a excepcion de los meses de Enero, Febrero y Marzo del 2015, que se pagaran conjuntamente con el mes de MORDAZA hasta el ultimo dia habil de este mes. Articulo 3º.- ESTABLEZCASE, para el ejercicio 2015 los montos minimos a pagar por los siguientes tributos: a) Impuesto Predial S/. 23.10 b) Impuesto Vehicular S/. 57.75 Articulo 4º.- PUBLIQUESE, la presente MORDAZA legal en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Articulo 5º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas, Secretaria General y Sub Gerencia de Estadistica y Sistema, para que adopten las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los veintiun dias del mes de enero del dos mil quince. MORDAZA ELGAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1207716-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Otorgan amnistia general e incentivos para el pago de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2015 MORDAZA, 27 de febrero del 2015. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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