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El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015 548425 Tributaria e Informe Nº 13-2015-GAT/MDPN, de fecha 25 de febrero de 2015, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, se propone prorrogar el vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta el día 31 de marzo de 2015, ello con la fi nalidad de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias del ejercicio 2015. Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 054-2015-SGRRFT-GAT/MDPN de la Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 013-2015-GAT/MDPN de la Gerencia de Administración Tributaria, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º, 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2015 el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2015. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2015 el vencimiento de la primera cuota de los Arbitrios Municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos domiciliarios, parques y jardines públicos y serenazgo del ejercicio 2015. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, las unidades orgánicas que la conforman la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración y Finanzas el apoyo necesario y a la Secretaria General y Asesoría Jurídica, la difusión y divulgación del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLINGTON R. OJEDA GUERRA Alcalde 1209539-3 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito conforme a los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil” aprobados por R.M. Nº 180-2013-PCM RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 147 10 de marzo de 2015 EL ALCALDE SAN ISIDRO VISTO: El Informe N° 0110-2015-12.3.0-SDCI-GACU/MSI de la Subgerencia de Defensa Civil y el Memorándum N° 164- 2015-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley N° 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29664, publicada el 19 de Febrero de 2011, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema Institucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riegos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de emergencia y desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, por su parte, el numeral 19.1 del artículo 19° del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, al respecto mediante Resolución de Alcaldía N° 345 del 26 de Diciembre de 2012 se aprobó la conformación de las Plataformas de Defensa Civil Local del distrito de San Isidro, estando constituidas por cinco (05) plataformas: Salud; Logística; Comunicaciones e imagen; Ley, Orden e ITSDC y Operaciones, Educación y Capacitación; Que, sin embargo a través de la Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM publicada el 11 de Julio de 2013, que aprobó los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”; establece en su numeral 6.1.3 que la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital (PDCD) está conformada por el Alcalde quien la constituye, preside y convoca; la Secretaría Técnica que es asumida por el Jefe de Defensa Civil; representantes de las entidades públicas y privadas, organizaciones sociales debidamente reconocidas y humanitarias, organismos no gubernamentales, voluntariado y entidades de primera respuesta vinculadas a la gestión reactiva y gestión del riesgo de desastres; Que, al respecto, la Subgerencia de Defensa Civil, mediante Informe N° 0110-2015-12.3.0-SDCI-GACU/MSI de fecha 18 de Febrero de 2015, puso en conocimiento el sustento técnico respecto de la nueva Conformación de la Plataforma de Defensa Civil en virtud a los lineamientos antes citados, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano a través del Memorándum N° 164-2015-12.0.0-GACU/MSI del 25 de Febrero de 2015; Que, en tal sentido, corresponde emitir un nuevo instrumento que apruebe la nueva conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, adecuándola a los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil” aprobados por Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 0177 -2015-0400-GAJ/ MSI; En uso de la atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, conforme a los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil” aprobados por Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM la misma que estará constituida de la siguiente manera: PRESIDENTE: Alcalde de la Municipalidad de San Isidro. SECRETARIA TECNICA: Subgerente de Defensa Civil INTEGRANTES: - Gobernador del Distrito de San Isidro. - Representante de las Entidades Educativas (UGEL). - Representante Fiscalía Prevención del Delito.