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El Peruano Miércoles 18 de marzo de 2015 548815 Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil quince. ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República MODESTO JULCA JARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1213133-1 PODER EJECUTIVO DEFENSA Conforman Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Defensa año 2015 - 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2015-DE/SG Lima, 16 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfi co de infl uencias, el nepotismo, el narcotráfi co, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de intereses particulares; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 468-2012- DE/SG, de fecha 27 abril 2012, se aprobó el “Plan para la Promoción de la Lucha contra la Corrupción en el Sector Defensa”, teniendo como objetivo general promover en el sector Defensa, el fortalecimiento del sistema de lucha contra la corrupción, las prácticas de buen gobierno, la ética y la transparencia; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 119- 2012-PCM, de fecha 08 de diciembre de 2012, aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012- 2016, el mismo que establece los siguientes Objetivos: i) Articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) Prevención efi caz de la corrupción; iii) investigación y sanción oportuna y efi caz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; iv) Promoción y articulación de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción y; v) Posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción; Que, el Decreto Supremo Nº 046-2013-PCM, se aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, el mismo que contiene las acciones operativas que se implementarán en este ámbito, en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, así como de conformidad a la acción 2.20. del artículo 2º del dispositivo en mención, se elaborarán planes anticorrupción en las entidades del Poder Ejecutivo, que contengan medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, en este sentido resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Defensa año 2015 – 2016, el cual permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción plasmados en los objetivos y estrategias del referido plan; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 29158 – “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, el Decreto Legislativo N° 1134 - “Ley de Organización de Funciones del Ministerio de Defensa”, el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Defensa año 2015 - 2016; cuyo plazo de funcionamiento será de CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo creado en el artículo precedente estará conformado por los siguientes miembros: - La Inspectora General del Ministerio de Defensa, quien lo presidirá. - Un representante del Viceministro de Políticas para la Defensa. - Un representante del Viceministro de Recursos para la Defensa. - Un representante del Secretario General del Ministerio de Defensa. - Un representante del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. - Un representante del Comandante General del Ejército del Perú. - Un representante del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú. - Un representante del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. - Un representante del Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. - El Jefe del Órgano de Control Institucional o su representante. - El Procurador Público del Ministerio de Defensa o su representante - El Director General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa o su representante. - El Director de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Defensa o su representante. - La Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa o su representante. Artículo 3.- Disponer que las Instituciones Armadas y los demás Órganos del Ministerio de Defensa brinden todo el apoyo y facilidades para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- El Grupo de Trabajo deberá instalarse indefectiblemente, en un plazo no mayor de CINCO (5) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Al fi nalizar el plazo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución, el Grupo de Trabajo, deberá presentar el “Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Defensa año 2015 – 2016”, a fi n que sea revisado y aprobado por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1212658-1