TEXTO PAGINA: 8
El Peruano Miércoles 18 de marzo de 2015 548818 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 DECRETO SUPREMO Nº 050-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el literal c) del numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 730 605 000,00); Que, mediante Decreto Supremo N° 204-2009-EF, se aprobó la operación de endeudamiento interno, a ser acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 730 604 999,00), destinada a fi nanciar el tercer tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el marco del “Núcleo Básico de Defensa” del Ministerio de Defensa; Que, mediante el literal c) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2012, modifi cada mediante Ley N° 29855, Ley de Recomposición de los Montos de Endeudamiento previstos en el artículo 4 de la Ley N° 29814, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 375 000 000,00); Que, en el marco de la citada autorización, se aprobaron dos operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación: la primera, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 211-2012-EF, hasta por la suma de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 606 750 133,00), destinada a fi nanciar el proyecto “Recuperación del Servicio de Instrucción Básica de Vuelos con Aeronaves de Ala Fija en la FAP – Grupo Aéreo N° 51 en la Base Aérea FAP Cap. FAP Renán Elías Olivera”; y la segunda, aprobada mediante Decreto Supremo N° 263-2012-EF, hasta por la suma de SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 768 249 867,00), destinada a fi nanciar un conjunto de requerimientos denominados “Requerimientos Intermedios” e “Implementación, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM”; Que, mediante el literal c), del numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional, hasta por la suma de UN MIL SEISCIENTOS DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 602 000 000.00); Que, en el marco de la autorización citada en el considerando precedente, se aprobaron tres operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, entre ellas, la operación de endeudamiento interno aprobada mediante Decreto Supremo N° 267-2013-EF, hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 399 469 644,00), destinada a fi nanciar la primera etapa correspondiente a la primera fase de siete (07) proyectos de inversión pública, a cargo del Ministerio de Defensa; Que, mediante el literal c), del numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional hasta por la suma de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 600 000 000,00); posteriormente, de conformidad con el numeral 4.3 del artículo 4 de la citada Ley, se incrementó el monto máximo para la concertación de las operaciones de endeudamiento interno para el Sector Defensa, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 142 500 000,00), lo que fue informado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República mediante el Ofi cio N° 1794-2014-EF/10.01; Que, en el marco de la autorización referida en el considerando precedente se aprobaron dos operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación: la primera, aprobada mediante Decreto Supremo N° 250- 2014-EF, hasta por la suma de UN MIL CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 170 238 396,00), destinada a fi nanciar la segunda etapa de la primera fase de cuatro (04) proyectos de inversión pública a cargo del Ministerio de Defensa; y la segunda, aprobada mediante Decreto Supremo N° 373- 2014-EF, hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 572 261 604,00), destinada a fi nanciar parcialmente cinco (05) proyectos de inversión pública a cargo del Ministerio de Defensa; Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autorizan al pliego 026: Ministerio de Defensa, a aprobar mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas, las incorporaciones presupuestarias de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno a ser celebrada por el Ministerio de Economía y Finanzas con el Banco de la Nación, destinadas a financiar las adquisiciones del Sector Defensa; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 203-2015-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa ha solicitado la incorporación de mayores recursos, vía Crédito Suplementario, en su presupuesto institucional del año fiscal 2015, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 750 979 983,00), para ser destinados a financiar durante el primer semestre del presente año fiscal, parte de los requerimientos vinculados a las operaciones de endeudamiento interno aprobadas mediante los Decretos Supremos N° 204-2009-EF, N° 211-2012-EF, N° 263-2012-EF, N° 267-2013-EF, N° 250-2014-EF y N° 373-2014-EF, los cuales han sido citados en los considerandos precedentes; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 750 979 983,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, para el fi n indicado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y,