Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2015 (25/03/2015)


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hectareas aproximadamente, debido a la grave situacion de deterioro y depredacion de sus recursos naturales; Que, mediante Acta de compromiso interinstitucional para la conciliacion de Area de Conservacion Regional Bosque de Neblina de Carpish entre la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion Ambiental, Municipalidad Distrital de Chinchao y el Instituto de Desarrollo del Medio Ambiente (IDMA) del 25 de octubre del 2012; estas instituciones se comprometen a coordinar y establecer estrategias de planificacion para lograr agilizar el tramite administrativo para la consolidacion del ACR Bosque de Neblina de Carpish. Asimismo, en cuanto a acciones realizadas por otras instituciones; la Universidad Mayor de San MORDAZA, desde 1988 viene realizando algunas acciones de motivacion a la poblacion para la conservacion del bosque a traves de los estudiantes que hacen investigaciones de biodiversidad; sin embargo dichas acciones no han sido efectivas y concretas, no lograndose revertir la situacion negativa que se viene causando al Bosque de Carpish; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA (GOREHCO), a traves de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion Ambiental, que tiene como uno de sus objetivos promover la gestion sostenible de los recursos naturales para mejorar la calidad ambiental y las condiciones de MORDAZA de la poblacion, ha iniciado la elaboracion de la estrategia regional de la diversidad biologica dentro del MORDAZA de la estrategia nacional respectiva, el convenio sobre diversidad biologica, las metas de Aichi para la biodiversidad y el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Huanuco; Que, como iniciativa para conservar el Bosque de MORDAZA Carpish, propuso mediante Informe Nº 1222013-GRH-GRRNGA, con fecha 09 de diciembre de 2013, la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion Ambiental, el expediente tecnico para el establecimiento del Area de conservacion "Bosques Neblina Carpish" al Med. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo (Presidente Regional), el cual lo deriva al SERNANP mediante Oficio Nº 667-2013-GRH-PR, con asunto: Manifestacion Expresa de Compromiso en la sostenibilidad financiera de un futuro ACR "Bosques de Neblina de Carpish"; Que, en el MORDAZA del Convenio Interinstitucional entre el Gobierno Regional MORDAZA (GOREHCO), la Fundacion Naturaleza y Cultura Peru (NCP) y la ONG Naturaleza y Cultura Internacional (NCI), ha iniciado el MORDAZA de identificacion de las zonas prioritarias para la conservacion en MORDAZA, en base a criterios biologicos, socioculturales y politicos acordes a las caracteristicas propias de la Region Huanuco. En este sentido y tomando como referencia el Plan Director de Areas Naturales Protegidas (2009), que identifica a "Carpish", como MORDAZA de proteccion de la diversidad natural existente, a la vez la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion Ambiental propone al Consejo Regional de MORDAZA la declaratoria de interes publico regional para la conservacion de la diversidad biologica y los valores ecosistemicos del Bosque de MORDAZA Carpish; principalmente las unidades hidrograficas; Que, la priorizacion de acciones orientadas al desarrollo de la region debe ser un MORDAZA participativo, adaptativo y flexible ­ segun las caracteristicas propias de cada sitio, y alimentado por informacion que se genere (tanto los conocimientos, las innovaciones y las practicas de las comunidades cientificas, indigenas y locales) que apoye la toma de decisiones, en este sentido, a manera de recomendacion la opinion tecnico-legal, contempla que los proyectos, programas y politicas de desarrollo en la region MORDAZA, que conlleven impactos potenciales sobre la diversidad biologica, deben evaluarse y reflejar un MORDAZA de planificacion con vista a la minimizacion de su impacto, no pudiendo ser aceptables aquellas propuestas de desarrollo que no se basen en criterios de sostenibilidad ambiental, social y economica a largo plazo; Que, a fin de salvaguardar los intereses regionales de conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica en la MORDAZA senalada y en ejercicio pleno del derecho, el Gobierno Regional de MORDAZA debe declarar de interes publico regional la conservacion de la diversidad biologica y valores ecosistemicos del "Bosque de MORDAZA Carpish" con un area aproximada de ciento dos mil setecientos cincuenta y nueve hectareas con dos mil seiscientos ochenta y dos metros cuadrados (102,759.2682 has) segun mapa y memoria descriptiva; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a),

El Peruano Miercoles 25 de marzo de 2015

del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional, Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: QUE APRUEBA DECLARAR DE INTERES PUBLICO REGIONAL LA CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Y LOS VALORES ECOSISTEMICOS DEL BOSQUE DE MORDAZA CARPISH Articulo Primero.- "DECLARAR DE INTERES PUBLICO REGIONAL LA CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Y LOS VALORES ECOSISTEMICOS DEL BOSQUE DE MORDAZA CARPISH", en un area de ciento dos mil setecientos cincuenta y nueve hectareas con dos mil seiscientos ochenta y dos metros cuadrados (102,759.2682 has) segun mapa y memoria descriptiva, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, con el objetivo de garantizar la conservacion de los ecosistemas, la diversidad biologica y la provision de recursos naturales y servicios ecosistemicos. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion Ambiental (GRRNGA), la elaboracion del expediente tecnico para el establecimiento de un Area de Conservacion Regional. Debera identificarse en el expediente las MORDAZA financieras sostenibles necesarias para la implementacion de esta Area Natural Protegida. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion Regional de Agricultura solucionar los posibles conflictos de derecho de interes, que no MORDAZA compatibles con la finalidad de la declaratoria de acuerdo a la importancia del area por los servicios ecosistemicos, y desarrollar actividades productivas compatibles con la finalidad de esta presente ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR; a la Direccion Regional de Energia y Minas e Hidrocarburos, analizar el costo beneficio de las solicitudes MORDAZA de otorgar las concesiones mineras, priorizando los beneficios ecosistemicos que brinde el area con el objetivo de salvaguardar los ecosistemas fragiles del Bosque de Carpish (representado por la ecorregion Yungas Peruanas), Unchog (representado por la ecoregion Punas Humedas de los Andes Centrales) y cabeceras de MORDAZA (representado por los rios: Jarahuasi, Chinchao, Chinobamba y otros). Articulo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los 19 dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 26 dias del mes de diciembre del dos mil catorce. JHONY MORDAZA MIRAVAL VENTURO Presidente (e)

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