Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2015 (25/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Miércoles 25 de marzo de 2015 549334 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Ratifican nuevo logotipo institucional. ACUERDO Nº 044-2015/CR Pucallpa, 06 de marzo del 2015. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de marzo del 2015, con el voto por mayoría del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR POR Mayoría, el Ofi cio Nº 119-2015-GRU-P, presentado por el Presidente del Gobierno Regional de Ucayali Manuel Gambini Rupay, quien solicita Ratifi cación del Nuevo Logotipo Institucional mediante Acuerdo Regional, con las modifi catorias y observaciones advertidas como lo son: Priorizar los colores étnicos de la región Ucayali. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto el Acuerdo Regional Nº 017-2007, de fecha 16 de febrero el 2007. Artículo Tercero.- Dispensar el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario de circulación local y en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumpla. EBER PORTOCARRERO TANANTA Consejero Delegado Consejo Regional 1215153-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Ratifican Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de Cieneguilla - 2015 ORDENANZA Nº 214-2015-MDC Cieneguilla, 19 de febrero de 2015 EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 002-2015- GM-MDC, de la Gerencia Municipal de fecha 13 de febrero del 2015, el Informe Nº 036-2015-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 025-2015-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 13 de febrero de 2015 y el Informe Nº 15-2015-SGSC-MDC de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, de fecha 07 de febrero de 2015, el Informe Nº 16-2015-SGSC-MDC Subgerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 13 de febrero de 2015, el Memorando Nº 024-2015-GPP/MDC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de fecha 13 de febrero de 2015; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana fue creado mediante Ley Nº 27933, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantía individuales y sociales a nivel nacional a fi n de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014 IN señala en el artículo 8º que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididos por el Alcalde Distrital de la respectiva jurisdicción, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, el artículo 30º del Reglamento antes citado, señala que son funciones de la Secretaría Técnica entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobación, y al Concejo Municipal Distrital para su ratifi cación mediante Ordenanza; Que, al respecto la Subgerencia de Seguridad Ciudadana mediante Informe Nº 015-2015 SGSC-MDC de fecha 13 de febrero de 2015, se remite copia del Acta Nº 001- 2015 correspondiente a la sesión del CODISEC de fecha 4 de febrero de 2015, en la cual se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de Cieneguilla - 2015; asimismo, que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante Memorándum Nº 024-2015 de fecha 13 de febrero de 2015 concluye con opinión favorable respecto al mencionado Plan, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Cieneguilla y Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 036-2015 GAJ-MDC señala que el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 presentado por la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla debe ser puesto a conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales pertinentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8 y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA – 2015 Artículo Primero.- Ratifi car el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla, según acta de fecha 04 de febrero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratifi cado en el artículo precedente, obra como anexo adjunto, formando parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza; a Secretaría General su publicación en el diario ofi cial El Peruano y la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional (www.municieneguilla.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1215284-1