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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2015 (27/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015 549613 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla y Querocotillo, en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la provincia de Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona y Huarango, en la provincia de San Ignacio; Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua Blanca, en la provincia de San Miguel, en el departamento de Cajamarca DECRETO SUPREMO Nº 021-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, las intensas precipitaciones pluviales registradas en el departamento de Cajamarca en las últimas dos semanas, han originado deslizamientos y derrumbes, el incremento del caudal de los ríos y afl uentes de los diferentes distritos y provincias en el departamento de Cajamarca, ocasionando daños de magnitud en viviendas, servicios básicos, vías de comunicación, infraestructura diversa, y decenas de hectáreas de cultivos, así como daños a la salud y pérdidas de vidas humanas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68, del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con la debida sustentación; Que, mediante Ofi cio Nº 108-2015-GR.CAJ-P/ ODN de fecha 26 de marzo de 2015, sustentado en el Informe Técnico Nº 01-2015-GR.CAJ/ODN-TEGS- 07.00, el Gobernador Regional de Cajamarca solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla y Querocotillo, en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la provincia de Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona y Huarango, en la provincia de San Ignacio; Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua Blanca, en la provincia de San Miguel, en el departamento de Cajamarca; Que, de otro lado, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048- 2011-PCM, establece que el INDECI emite opinión sobre la procedencia de la solicitud, a cuyo fi n emite el informe técnico respectivo; Que, mediante Informe Técnico Nº 00004-2015- INDECI/11.0 de fecha 26 de marzo de 2015, el Director de Respuesta del INDECI, teniendo en consideración el Informe Técnico Nº 01-2015-GR.CAJ/ODN-TEGS-07.00 de fecha 25 de marzo de 2015, del Gobierno Regional de Cajamarca, Reportes de Situación Nros. 469- 23/02/2015/COEN-INDECI/17:00 HRS, 476-24/03/2015/ COEN-INDECI/06:30 HRS, 477-24/03/2015/COEN- INDECI/06:30, 485-24/03/2015/COEN-INDECI/19:30 HRS, 486-25/03/2015/COEN-INDECI/18:20 HRS, señala que considerando la magnitud de los daños causados y la capacidad limitada del Gobierno Regional de Cajamarca para atender la emergencia con sus recursos disponibles; resulta procedente la aprobación de la Declaratoria de Estado de Emergencia por impacto de daños en los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla y Querocotillo, en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la provincia de Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona y Huarango, en la provincia de San Ignacio; Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua Blanca, en la provincia de San Miguel, en el departamento de Cajamarca; Que, la magnitud de la situación descrita en el considerando precedente, demanda la adopción de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de Cajamarca; las Municipalidades Provinciales de Jaén, Chota, Cutervo, Cajamarca, San Ignacio, Celendín y San Miguel; las Municipalidades Distritales de Jaén, Colasay, Chadín, San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla, Querocotillo, Cajamarca, San Jose de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona, Huarango, Celendín y Agua Blanca, respectivamente; con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educación, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, emitida mediante el Memorándum Nº 149-2015-PCM/ SGRD; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 21 de la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, aprobada por Decreto Supremo Nº 074- 2014-PCM, el INDECI debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el marco de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos resultados, así como de la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Péru; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada por Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República: DECRETA: Artículo 1º.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia por impacto de daños debido a las intensas precipitaciones pluviales, en los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma,