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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2015 (27/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015 549605 Que, por estas consideraciones, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001- 2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010- AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- ESTABLECER para el presente Ejercicio Presupuestal 2015 la remuneración mensual de la Gobernadora Regional y Vicegobernador del Gobierno Regional de Arequipa, según el siguiente detalle: Gobernadora Regional S/. 14,300.00 Vicegobernador Regional S/. 13,704.08 Segundo.- ESTABLECER para el presente Ejercicio Presupuestal 2015 la dieta mensual de los señores Consejeros Regionales en el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual de la Gobernadora Regional del Gobierno Regional de Arequipa, según el siguiente detalle: Consejeros Regionales S/. 4,290.00 Tercero.- Los egresos que origine el presente Acuerdo Regional se afectará a la Unidad Ejecutora 001 Sede Arequipa, Genérica de Gasto 2.1. Personal y Obligaciones Sociales, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Cuarto.- La publicación de la presente norma regional será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, debiendo realizar el pago respectivo el Órgano Ejecutivo Regional. Asimismo, debe incluirse en el portal electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional 1216484-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 040-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su el artículo 191 dispone: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece: “Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refi ere: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 5 señala: “(…) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF. Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos (...)”. En su artículo 34 dispone: “La aprobación del ROF de las entidades se realizarán de acuerdo al siguiente esquema: (…) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional”. Que, con Resolución Ministerial N° 084-2006- MINCETUR-DM de fecha 06 de marzo del 2006, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo resuelve: “Artículo Único.- Declarar concluido el proceso de transferencia de las funciones sectoriales de comercio exterior, turismo y artesanía contenidas en el “Plan Anual de Transferencias de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2004”, (…), a favor de los Gobierno Regionales de los departamentos de (…), Tacna, (…)”. Que, con Resolución Ministerial N° 311-2006- MINCETUR-DM de fecha 02 de octubre del 2006, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo resuelve: “Articulo Único.- Transferir las funciones sectoriales de comercio exterior, turismo y artesanía en el Anexo adjunto, (…), a favor de los Gobierno Regionales de: (…), Tacna y (…), con lo cual se declara concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales correspondiente al ciclo de Acreditación 2005. (…)”. Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 131- 2004-G.R.TACNA, de fecha 09 de marzo del 2004, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna señala: “(…) Artículo PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo, (…)”. Que, con Ofi cio Nº 236-2014-P.R./GOB-REG.TACNA de fecha 11 de agosto del 2014, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el proyecto de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Ofi cio N° 101-2011-MINCETUR/VMT de fecha 25 de febrero del 2011 emitido por el Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Informe N° 344-2014-SGDO-GRPPAT/GOB.REG. TACNA de fecha 21 de julio del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe N° 1512-2014- ORAJ-GOB.REG.TACNA de fecha 23 de julio del 2014, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe N° 038- 2014-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de agosto del 2014 emitido por la Gerencia General Regional y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 0015-2014-CR-COPPAT de fecha 12 de setiembre del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBAR LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de setiembre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno