Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

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es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refiere: "Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 5 senala: "(...) REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos (...)". En su articulo 34 dispone: "La aprobacion del ROF de las entidades se realizaran de acuerdo al siguiente esquema: (...) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional". Que, con Resolucion Ministerial N° 084-2006MINCETUR-DM de fecha 06 de marzo del 2006, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo resuelve: "Articulo Unico.- Declarar concluido el MORDAZA de transferencia de las funciones sectoriales de comercio exterior, turismo y artesania contenidas en el "Plan Anual de Transferencias de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2004", (...), a favor de los Gobierno Regionales de los departamentos de (...), Tacna, (...)". Que, con Resolucion Ministerial N° 311-2006MINCETUR-DM de fecha 02 de octubre del 2006, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo resuelve: "Articulo Unico.- Transferir las funciones sectoriales de comercio exterior, turismo y artesania en el Anexo adjunto, (...), a favor de los Gobierno Regionales de: (...), Tacna y (...), con lo cual se declara concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales correspondiente al ciclo de Acreditacion 2005. (...)". Que, con Resolucion Ejecutiva Regional N° 1312004-G.R.TACNA, de fecha 09 de marzo del 2004, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna senala: "(...) Articulo PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo, (...)". Que, con Oficio Nº 236-2014-P.R./GOB-REG.TACNA de fecha 11 de agosto del 2014, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el proyecto de modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; para lo cual adjunta los informes y demas documentos que sustentan su pedido. Que, con el Oficio N° 101-2011-MINCETUR/VMT de fecha 25 de febrero del 2011 emitido por el Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Informe N° 344-2014-SGDO-GRPPAT/GOB.REG. TACNA de fecha 21 de MORDAZA del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe N° 1512-2014ORAJ-GOB.REG.TACNA de fecha 23 de MORDAZA del 2014, la Oficina Regional de Asesoria Juridica; el Informe N° 0382014-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de agosto del 2014 emitido por la Gerencia General Regional y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 0015-2014-CR-COPPAT de fecha 12 de setiembre del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "APROBAR LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 18 de setiembre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno

Que, por estas consideraciones, y al MORDAZA de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- ESTABLECER para el presente Ejercicio Presupuestal 2015 la remuneracion mensual de la Gobernadora Regional y Vicegobernador del Gobierno Regional de MORDAZA, segun el siguiente detalle: Gobernadora Regional Vicegobernador Regional S/. 14,300.00 S/. 13,704.08

Segundo.- ESTABLECER para el presente Ejercicio Presupuestal 2015 la dieta mensual de los senores Consejeros Regionales en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual de la Gobernadora Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, segun el siguiente detalle: Consejeros Regionales S/. 4,290.00

Tercero.- Los egresos que origine el presente Acuerdo Regional se afectara a la Unidad Ejecutora 001 Sede MORDAZA, Generica de Gasto 2.1. Personal y Obligaciones Sociales, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Cuarto.- La publicacion de la presente MORDAZA regional sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano" y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Region, debiendo realizar el pago respectivo el Organo Ejecutivo Regional. Asimismo, debe incluirse en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. POR TANTO: Registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OBEZO Presidente del Consejo Regional 1216484-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 040-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su el articulo 191 dispone: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 192 establece: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: 1. Aprobar su organizacion interna y su presupuesto". Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia

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