Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

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EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, acorde con la politica institucional y por convenir al servicio, se ha previsto la ejecucion de determinadas acciones de personal en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; y, En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Asignar, a partir del 26 de marzo de 2015, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de Riesgos, Nivel N-1. Articulo Segundo.- Modificar el Cuadro de Asignacion de Personal de la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1217363-1

Fe de Erratas de la Resolucion Jefatural Nº 0108-2015J/ONPE, publicada en la edicion del dia 26 de marzo de 2015. . En el Anexo; DICE: Articulo 7º.- Ubicacion de las alianzas electorales "(...), La ubicacion de las Alianzas Electorales en cada uno de los bloques de la cedula de sufragio se realizara teniendo en cuenta a la organizacion politica de mayor alcance que conforme esta" DEBE DECIR. Articulo 7º.- Ubicacion de las alianzas electorales "(...), La ubicacion de las Alianzas Electorales en cada uno de los bloques de la cedula de sufragio se realizara teniendo en cuenta las normas vigentes" 1217395-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Asignan el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de Capacitacion y Asuntos Internacionales
RESOLUCION SBS N° 1888-2015 MORDAZA, 25 de marzo de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, acorde con la politica institucional y por convenir al servicio, se ha previsto la ejecucion de determinadas acciones de personal en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; y, En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Asignar, a partir del 26 de marzo de 2015, a don MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO MORDAZA, el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de Capacitacion y Asuntos Internacionales, Nivel N-1. Articulo Segundo.- Modificar el Cuadro de Asignacion de Personal de la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1217361-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA, anulando el Procedimiento Administrativo Nº 390 de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo sustituyendolo por otros procedimientos de dicha Gerencia
(Se publica la siguiente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 1422015-GRA/CR, recibido el 25 de marzo de 2015). ORDENANZA REGIONAL Nº 300-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; mientras que el inciso 1) de su Articulo 192° dispone que estos son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto. Que, asimismo el Articulo 9° de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion establece como una de las dimensiones de las autonomias de gobierno, la administrativa, que supone la facultad de organizarse internamente, asi como determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad. Que, en esa medida, la Ley N° 27444 / Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad senala sus procedimientos administrativos y sus

Asignan el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de Riesgos
RESOLUCION SBS N° 1889-2015 MORDAZA, 25 de marzo de 2015

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