Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2015 (27/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Viernes 27 de marzo de 2015

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y reestructuracion en el sector salud dispuesto por la Ordenanza Regional Nº 195-AREQUIPA, en tanto se apruebe el MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP Provisional de la Gerencia Regional de Salud y sus Organos Desconcentrados para los efectos del nombramiento autorizado por la Ley Nº 30114; teniendo en consideracion que dicho nombramiento recaera de manera directa en beneficio de la poblacion usuaria de los servicios de salud en la Region Arequipa; Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA, Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE SUSPENDE EL MORDAZA DE REORGANIZACION Y REESTRUCTURACION DEL SECTOR SALUD ­ ORDENANZA REGIONAL Nº 195 - MORDAZA Articulo 1º.- De la suspension del MORDAZA de Reorganizacion y Reestructuracion SUSPENDER el MORDAZA de Reorganizacion administrativa y Reestructuracion organica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA y todos sus organos Desconcentrados dispuesto mediante Ordenanza Regional Nº 195 ­ AREQUIPA; por un periodo de 30 dias habiles. Articulo 2º.- De la Finalidad La suspension dispuesta en el articulo 1º de la presente MORDAZA regional tiene como finalidad la aprobacion y vigencia de un MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP Provisional de la Gerencia Regional de Salud y sus Organos Desconcentrados, para efectos del MORDAZA de nombramiento de personal profesional, tecnicos y auxiliares asistenciales del sector salud, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2014. Articulo 3º.- De la Vigencia de la MORDAZA La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 4º.- Evaluacion del MORDAZA de Reorganizacion y Reestructuracion ENCARGAR a la Comision de Salud del Consejo Regional la evaluacion del MORDAZA de Reorganizacion administrativa y Reestructuracion organica de la Gerencia Regional de Salud Regional de MORDAZA y todos sus organos Desconcentrados dispuestos mediante Ordenanza Regional Nº 195 ­ AREQUIPA. Articulo 5º.- De la publicacion DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese a la senorita Gobernadora del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de marzo del 2015. MORDAZA MORDAZA OBEZO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA

Ordenanza Regional que suspende el MORDAZA de Reorganizacion y Reestructuracion del Sector Salud dispuesto por Ordenanza Regional Nº 195-AREQUIPA
ORDENANZA REGIONAL Nº 303-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el derecho a la salud, es un derecho fundamental reconocido por la Constitucion Politica del Peru, que busca garantizar que las personas accedan en igualdad de oportunidades a los servicios de salud que brindan las entidades prestadoras, a los que deberan responder a estandares minimos de calidad. Este derecho debe entenderse desde una doble dimension: ((a)) El derecho de todos los miembros de una determinada comunidad de no recibir por parte de Estado un tratamiento que atente contra su salud, y ((b)) El derecho de exigir del Estado las actuaciones necesarias para el goce de parte de los ciudadanos de servicios de calidad en lo relacionado a la asistencia medica, hospitalaria y farmaceutica; Que, sin embargo, siendo que la Region MORDAZA estaba presentando deficiencias en el sector salud, es que mediante Acuerdo Regional Nº 005-2009-GRA/ CR-AREQUIPA de fecha 07.01.2009, se declaro en reorganizacion integral la Gerencia Regional de Salud y todos sus Organos, Unidades y Oficinas, conformando para tal efecto a nivel del Consejo regional una Comision Especial a la que deberian integrarse los funcionarios del Ejecutivo Regional, otorgandose un plazo hasta el 22.01.2009 a efectos de que presente su propuesta de reorganizacion; dicho plazo fue MORDAZA mediante Acuerdo Regional Nº 009-2009-GRA/CR-AREQUIPA, ampliando sus alcances a una reestructuracion; Que, ante la falta de resultados por diversos inconvenientes, informado mediante Informe Nº 212012-GRA/OPDI, es que se declaro en reorganizacion y reestructuracion integral el Sector Salud en el ambito de la Region MORDAZA, mediante Resolucion Ejecutiva Regional; sin obtener resultado tangibles; en ese sentido, el Consejo Regional emite la Ordenanza Regional Nº 195-AREQUIPA, de fecha 12.12.2012 que declara la continuidad y formalizacion del MORDAZA de Reorganizacion administrativa y Reestructuracion organica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa; Que, durante el ano 2013 la Gerencia Regional de Salud se encontro en un MORDAZA de nombramiento para los profesionales medicos conforme a la Ley Nº 29682, siendo requisito para este que los cargos de personal medico a nombrar se encuentren previstos en el CAP vigente, y que los cargos del personal que ya fue nombrado con las Leyes Nº 28492 y Nº 28560, se encuentren en condicion de ocupados de ocupados; en ese sentido, con la finalidad de aprobar el MORDAZA CAP para viabilizar el MORDAZA de nombramiento y estando vigente la Reestructuracion y Reorganizacion del sector salud, es que mediante Ordenanza Regional Nº 198 ­ MORDAZA se suspende la reestructuracion y reorganizacion del sector salud por 15 dias habiles, siendo que cumplido el plazo senalado o la finalidad establecida se reiniciara el MORDAZA de reestructuracion y reorganizacion; Que, a la fecha el MORDAZA de reestructuracion y reorganizacion del sector salud se encuentra vigente; si bien es MORDAZA que se han excedido los plazos establecidos en la Ordenanza Regional Nº 195 ­ MORDAZA (de 90 dias calendarios), pues corresponde una nueva suspension a efectos de poder aprobar un MORDAZA CAP para el nombramiento de profesionales, tecnicos y auxiliares asistenciales del sector salud al MORDAZA de la Ley Nº 30114 ­Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2014­ tendiente a evitar cualquier nulidad; Que, luego entonces, deviene en necesario y urgente la suspension del MORDAZA de reorganizacion

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