TEXTO PAGINA: 12
El Peruano Lunes 11 de mayo de 2015 552366 propietario registral del predio ubicado en la Urbanización Monterrico Sur, Segunda Etapa, inscrita en la Ficha Nº 100227, continuada en la Partida Nº 11062229, ubicado en el distrito de Santiago de Surco y se elaboró el expediente técnico que sustenta la declaración de habilitación urbana de ofi cio; Que, el predio está considerado dentro del Área de Tratamiento Normativo III, con zonifi cación RDB – Residencial de Densidad Baja, aprobada por Ordenanza Nº 912-MML, publicada el 03 de marzo de 2006; se ubica en el Sector 3, del distrito de Santiago de Surco; por lo tanto resulta procedente habilitar de ofi cio el terreno en cuestión; Que, de acuerdo a los antecedentes registrales, el terreno rústico del predio matriz constituida por la Urbanización Monterrico Sur Segunda Etapa, inscrita en la Ficha Nº 100227, continuada en la Partida Nº 11062229, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Ofi cina Registral Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que ha sufrido las siguientes desmembraciones: • Lote 19 de la Manzana C con un área de 260.00 m2, en la Partida Nº 11812493. • Lote 17 de la Manzana C con un área de 200.00 m2, en la Partida Nº 11891003. • Lote 44 de la Manzana A1 con un área de 200.00 m2, en la Partida Nº 12567655. • Lote 30 de la Manzana A1 con un área de 200.00 m2, en la Partida Nº 12971164. • Lote 22 de la Manzana I con un área de 297.58 m2, en la Partida Nº 13180389. • Independizado por Habilitación Urbana de Ofi cio un área de 99,638.43 m2 en la partida N°13383443. Que, luego de las independizaciones, quedan modifi cada la matriz, inscrita en la Ficha Nº 100227 a un área de 5,420.41 m2, el mismo que queda en condición de terreno rústico. Que, del resultado del Levantamiento Topográfi co y de la revisión técnica realizada, se ha determinado que el predio a habilitar de ofi cio tiene un área de 5,148.38 m2, y un perímetro total de 372.81 ml concordante con los linderos inscritos registralmente para el polígono a Habilitar de Ofi cio e Independizar; con los siguientes linderos; POR EL FRENTE (NORTE), colinda con el Jr. Bodegones, con una línea recta de 55.75 ml; POR LA DERECHA (OESTE), colinda con la Urbanización Prolongación Benavides, con una línea quebrada de 3 tramos 22.81 ml, 1.83 ml, 79.94 ml; POR LA IZQUIERDA (ESTE), colinda con el Jr. Bodegones, la Cooperativa de Vivienda Monterrico Sur, con una línea quebrada de 6 tramos de 21.05 ml, 26.90 ml, 20.03 ml, 26.86 ml, 33.28 ml, 26.02 ml; POR EL FONDO (SUR), colinda con la Urbanización Prolongación Benavides, en una línea quebrada de 3 tramos, 29.59 ml, 1.42 ml, y 27.33 ml. Que, se ha determinado que la zona a habilitar de ofi cio no tiene en trámite ante la municipalidad de Santiago de Surco, ningún procedimiento de habilitación urbana, ni de regularización de una ejecutada, ni de recepción de obras de habilitación urbana a la fecha de publicación de la Ley N° 29898, Ley que modifi ca la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, ni está inmerso en los supuestos indicados en el Artículo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, con el Informe Nº 331-2015-GAJ-MSS del 07.04.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de la Habilitación Urbana de Ofi cio e Independización del terreno rústico de 5,148.38 m2 constituida por la Urbanización Monterrico Sur Segunda Etapa, la misma que se encuentra dentro del ámbito del área inscrita en la Ficha Nº 100227, continuada en la Partida Nº 11062229, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Ofi cina Registral Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente al Sector 3, de distrito de Santiago de Surco, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo declare; Estando al Informe Nº 092-2015-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 376-2015-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, el Informe Nº 331-2015-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y al amparo de lo regulado en la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, modifi cada por la Ley Nº 29898; del Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA; de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldía Nº 11-2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20°, numeral 6, y 43° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- INDEPENDIZAR el terreno de 5,148.38 m2, del predio matriz inscrito en la Partida Registral Nº 11062229, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima - Ofi cina Registral Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de propiedad de la Cooperativa de Vivienda Monterrico Sur Ltda. Nº 431, de conformidad con el Plano PIND- 018 -2015- SGLH-GDU- MSS. Artículo Segundo.- DECLARAR la HABILITACIÓN URBANA DE OFICIO del área de 5,148.38 m2, independizado de la Partida Registral Nº 11062229, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima - Ofi cina Registral Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente a la Urbanización Monterrico Sur Segunda Etapa, ubicada en el sector 3 del distrito de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- APROBAR los planos PU-017- 2015-SGLH-GDU-MSS, PP-019-2015-SGLH-GDU-MSS, PTL-020-2015-SGLH-GDU-MSS y PA-021-2015-SGLH- GDU-MSS, que forman parte del expediente técnico. Artículo Cuarto.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas del terreno constituido por la Urbanización Monterrico Sur Segunda Etapa, contenidos en el plano PTL-020-2015-SGLH-GDU- MSS, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS INMUEBLE CONSTITUIDO POR LA URBANIZACIÓN MONTERRICO SUR SEGUNDA ETAPA MANZANA P Y R USO ÁREA (m2) % GENERAL ÁREA ÚTIL 3,598.10 69.89 ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 1,527.08 29.66 ÁREA RESERVADA 23.20 0.45 ÁREA BRUTA 5,148.38 100 Artículo Quinto.- DISPONER la Inscripción Registral del cambio de rústico a urbano de la Urbanización Monterrico Sur Segunda Etapa, al haberse declarado la Habilitación Urbana de Ofi cio, de acuerdo a los planos PP-019-2015-SGLH-GDU-MSS y PTL-020-2015-SGLH- GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco. gob.pe Las áreas de Circulación Vías de acuerdo al Artículo 56º, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la Resolución y los planos que la sustentan. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1235009-1