Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2015 (15/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Que, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas, atendiendo a la transcendencia, tematica y relevancia del evento senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar la participacion de la abogada MORDAZA Miroslava MORDAZA MORDAZA, Jefa de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, para que integre la delegacion peruana que acompanara al Ministro de Salud en el citado evento, siendo de interes institucional autorizar su viaje al exterior; Que, con Memorando Nº 880-2015-OGA/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, informa que el viaje que realizara del 16 al 20 de MORDAZA de 2015 la citada funcionaria, para asistir al referido evento cuenta con la certificacion presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud, para la adquisicion de pasajes en tarifa economica, asi como viaticos para tres (3) dias, incluido el equivalente a un dia adicional por concepto de gastos de instalacion, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 134-2015-EGC-ODRHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, senala que la participacion de la citada funcionaria se encuentra comprendida dentro de los alcances de la normatividad legal vigente sobre autorizacion de viaje al exterior de funcionarios y servidores publicos; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la abogada MORDAZA Miroslava MORDAZA MORDAZA, Jefa de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, del 16 al 20 de MORDAZA de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada funcionaria en cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora Nº 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje aereo tarifa economica (incluido TUUA) : US$ 3,934.14 - Viaticos por 03 dias (US$ 1,620.00, incluido gastos de : US$ 1,620.00 instalacion) TOTAL : US$ 5,554.14

El Peruano Viernes 15 de MORDAZA de 2015

Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1237596-13

Aprueban transferencia de ambulancias que efectua el Fondo Social del Proyecto Integral Bayovar a favor de la Direccion Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2015/MINSA MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2015 Visto, el Expediente N° 14-123125-001, que contiene la Carta N° 1625-2014 /FOSPIBAY.GG del Fondo Social del Proyecto Integral Bayovar; y los Informes N°s 0402014-UPA-OL-OGA/MINSA y 051-2014-UPA-OL-OGA/ MINSA, asi como el Memorandum N° 3284-2014-OGA/ MINSA de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996 se regula el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada en la ejecucion de programas sociales, disponiendose en su articulo 4 que Proinversion incorpora los recursos de los programas de caracter social provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un "Fondo Social" constituido por una persona juridica sin fines de lucro; Que, al MORDAZA de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 26 de MORDAZA de 2012, la Asociacion Fondo Social del Proyecto Integral Bayovar y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, suscribieron el Convenio que tenia por objeto materializar la transferencia al Fondo Social del Proyecto Integral Bayovar de los recursos provenientes de los Contratos de Transferencia de las Concesiones Mineras de Fosfatos, Calcareos, Diatomitas y Yeso del Proyecto Bayovar, asi como del Contrato de Opcion de las Concesiones Mineras de Salmueras del referido proyecto; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada destinados a la ejecucion de programas de caracter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, los literales a) y b) del numeral 1 del articulo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provision de servicios basicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutricion en la poblacion infantil, elevar los estandares de calidad de la educacion y la salud, aumentar la provision de servicios de saneamiento, entre otros, mediante la implementacion de obras de infraestructura basica en educacion, salud, energia electrica, agua y saneamiento; y, equipamiento, mantenimiento, reparacion y rehabilitacion de centros de salud y educativos; Que, el articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el articulo 22 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que concluida la ejecucion del respectivo proyecto de caracter social, se procedera a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias publicas y privadas sin fines de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas

Articulo 3.- Disponer que la citada funcionaria, dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la entidad, con MORDAZA a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudira, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud.

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