Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2015 (15/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 15 de MORDAZA de 2015

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ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA LA SUSPENSION DEL TRAMITE DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OPERACION PARA PRESTAR EL SERVICIO TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO, A NUEVAS PERSONAS JURIDICAS, ASI COMO EL TRAMITE DE AMPLIACION DE ZONAS DE ESTACIONAMIENTO E INCLUSION DE UNIDADES A PERSONAS JURIDICAS AUTORIZADAS EN EL DISTRITO Articulo Primero.- APROBAR la suspension del tramite de otorgamiento de permiso de operacion para prestar el servicio transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores motorizados o no motorizados en el distrito de Carabayllo, a nuevas personas juridicas, asi como el tramite de ampliacion de zonas de estacionamiento e inclusion de unidades a personas juridicas autorizadas en el distrito, hasta la elaboracion y publicacion de la aprobacion del Plan Regulador (Estudio Tecnico a nivel macro) del servicio del transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores motorizados o no motorizados de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y la pagina Web de la Municipalidad, asi como remitirla a las instancias competentes vinculadas con el transporte publico especial del Distrito de Carabayllo, Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial y la Sub Gerencia de Transporte, el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Articulo Quinto.- Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1236512-1

Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital Competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdiccion. Asimismo, el Articulo 4º del citado decreto, indica que la competencia normativa de las municipalidades distritales para aprobar normas complementarias necesarias para la gestion y fiscalizacion del servicio especial dentro de su jurisdiccion, resultando fundamental controlar el crecimiento del MORDAZA automotor de manera ordenada; Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ordenanza Nº 1693, Ordenanza MORDAZA que Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados o No Motorizados en MORDAZA, establece que las Municipalidades distritales se encuentran obligadas a aprobar un Plan Regulador para la prestacion el servicio especial del distrito. Dicho documento constituye una herramienta tecnica y de gestion que contiene el plan estrategico de ordenamiento del sistema especial, el cual debera contener las caracteristicas de la prestacion del servicio en el distrito, asi como los lineamientos, politicas y actuaciones para su reordenamiento y mejora, a fin de mejorar la movilidad MORDAZA en su territorio; Que, mediante Informe Nº 039-2015-FORQ-SGTGSCV/MDC, de la Subgerencia de Transporte, remite el informe Nº 017-2015-YAE-SGT-GSCV/MDC y el informe Nº 015-2015-YAE-SGT-GSCV/MDC, informes tecnicos que en sintesis dan cuenta que debido a que en la actualidad existen en promedio 6,500 unidades vehiculares (Mototaxis) que prestan el servicio especial en el distrito, de las cuales un promedio de 2,500 son informales; de la gran cantidad de personas juridicas autorizadas para prestar dicho servicio, que dan un promedio de 66 autorizaciones y adicionalmente 03 personas juridicas en MORDAZA de renovacion de permiso de operacion y del total la gran mayoria desmesuradamente vienen solicitando la ampliacion de zonas de estacionamientos en diversos puntos del distrito, asi como la inclusion de unidades; mas las diversas solicitudes de nuevas personas juridicas para el otorgamiento de permisos de operacion en este distrito y sumado a que no se cuenta con una debida herramienta de gestion o un Plan Integral de Ordenamiento (Plan Regulador), el cual determine el numero de vehiculos que prestaran el servicio en el distrito, asi como las zonas de estacionamiento y de vehiculos que deben implementarse para la adecuada prestacion del servicio especial en este distrito, entre otros aspectos que conlleven a la mejor administracion y regulacion del servicio, todo esto generaria un incremento desmesurado del MORDAZA automotor en el distrito, originando caos, saturacion e inseguridad en la prestacion del servicio, por lo que en resumen se sugiere en los referidos informes, que es de suma urgencia SUSPENDER EL TRAMITE DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OPERACION PARA PRESTAR EL SERVICIO ESPECIAL, A NUEVAS PERSONAS JURIDICAS, ASI COMO EL TRAMITE DE AMPLIACION DE ZONAS DE ESTACIONAMIENTO E INCLUSION DE UNIDADES a las personas juridicas autorizadas para prestar el servicio especial en el distrito de Carabayllo, hasta que se de la dacion del instrumento de gestion al que se hace referencia en las lineas precedentes; Que, mediante informe N° 048-2015-GAJ/MDC, la Gerente de Asesoria Juridica, concluye en sintesis que de la revision a los informes tecnicos citados en el parrafo precedente, existe fundamentos legales para que se emita o declare la Suspension del Tramite de Otorgamiento de Permiso de Operacion para prestar el Servicio Especial, a nuevas personas juridicas, asi como el Tramite de Ampliacion de Zonas de Estacionamiento e Inclusion de Unidades; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9° numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades y, con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los integrantes del Consejo, aprobo la siguiente:

Aprueban incremento de penalidades al MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RASA) incorporandose al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 324/MDC Carabayllo, 28 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 007-2015-CAJFYCI/MDC de las comisiones Permanentes de Regidores de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal, del articulo 21° del Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas-RASA y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas ­CISA- de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, y;

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