Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2015 (18/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Lunes 18 de MORDAZA de 2015

PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. Nº 244-2014MINCETUR, en extremo que designa representante titular del Ministerio ante la Comision Nacional sobre Diversidad Biologica - CONADIB
RESOLUCION MINISTERIAL N° 138-2015-MINCETUR MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 Visto, el Memorandum N° 354-2015-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 244-2014MINCETUR, de fecha 09 de setiembre de 2014, se designo a los representantes titular y alterno del MINCETUR ante la Comision Nacional sobre la Diversidad Biologica ­ CONADIB; Que, se considera conveniente actualizar la representacion del miembro titular; De acuerdo con la propuesta formulada mediante el documento del Visto; De conformidad con la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y la Ley N° 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 244-2014-MINCETUR, designando a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comision Nacional sobre Diversidad Biologica ­ CONADIB. Articulo 2°.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Ministerial N° 244-2014-MINCETUR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1238272-1

CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la Festividad del Senor de Locumba y a la Peregrinacion al Santuario del Senor de Locumba, del distrito de Locumba, provincia de MORDAZA Basadre, departamento de Tacna
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 060-2015-VMPCIC-MC MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 VISTO, el Expediente N° 035081-2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion;

Que, el numeral 2) del articulo 1º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del articulo 7 de la Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, establece que "es funcion exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaracion, investigacion, proteccion, conservacion, puesta en valor, promocion y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, asimismo el articulo 14 de la Ley MORDAZA indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaracion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modificatorias, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante solicitud de fecha 22 de agosto de 2014, realizada por la Direccion Desconcentrada de Cultura de Tacna, se presenta el expediente mediante el cual se solicita, al MORDAZA de las normas vigentes, la declaratoria de la Festividad del Senor de Locumba, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe N° 229-2015-DGPC-VMPCIC/ MC, la Direccion General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 175-2015-DPI-DGPC/MC de fecha 04 de MORDAZA de 2015, emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial, a traves del cual se recomienda la declaratoria de la Festividad del Senor de Locumba y la Peregrinacion al Santuario del Senor de Locumba, del distrito de Locumba, provincia de MORDAZA Basadre, departamento de Tacna, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Festividad del Senor de Locumba se realiza en el distrito de Locumba, ubicado en la provincia de MORDAZA Basadre, en la region Tacna, a 94 km. al norte de la MORDAZA de Tacna. Como parte importante de esta tradicion religiosa, se desarrolla la peregrinacion hacia la Basilica del Senor de Locumba, templo tambien conocido como Santuario del Senor de Locumba, ubicado en la plaza central de Locumba, y en cuyo interior se alberga la imagen de este Cristo crucificado; Que, los antecedentes de esta tradicion se remontan a la epoca colonial, cuando la imagen de un Cristo Crucificado llega a Locumba. Este hecho tiene un origen mitico, que cuenta que en una hacienda ubicada en la MORDAZA, bajo la sombra de una palmera, aparecen dos acemilas o animales de carga de pelo MORDAZA y sin dueno, llevando cada una en su lomo un cajon de MORDAZA de gran dimension. El dueno de la hacienda ordena a sus criados descargar las MORDAZA y abrirlas para ver su contenido. En el interior del primer cajon se hallaba la imagen de MORDAZA crucificado, finamente tallada en MORDAZA y envuelta en terciopelos y encaje. Junto a esta imagen estaba un escrito que mencionaba lo siguiente: "Para el pueblo de Sama". Al abrir la MORDAZA MORDAZA, en el interior se encontro otra imagen del Cristo crucificado, pero de mayor tamano que la anterior y a su lado estaba una nota que decia: "Valle de Locumba". El dueno de la hacienda dio la orden de asegurar las mulas hasta que aparezca el propietario de dicha carga. Al no presentarse dueno alguno, se reunio a toda la poblacion, encabezada por el MORDAZA del pueblo, para deliberar acerca del destino de estas cajas. Se llego a la conclusion de que la imagen del primer cajon deberia quedarse en Locumba, y la del MORDAZA cajon seria enviada al MORDAZA de Sama, al reves de lo que se sugeria en las notas adjuntas a las imagenes. La palmera bajo la cual aparecieron las sagradas imagenes, era considerada por la poblacion local como un arbol sagrado y se dice que la gente descansaba bajo su sombra para aliviar algun mal fisico o emocional. Se cuenta tambien que un labriego que se

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