Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2015 (18/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la NTS N° 117-MINSA/DGSPV.01: "Norma Tecnica de Salud para la Elaboracion y Uso de Guias de Practica Clinica del Ministerio de Salud", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion de Calidad en Salud se encargara de la difusion, monitoreo y supervision del Documento Tecnico aprobado por la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Disponer que el Instituto de Gestion de Servicios de Salud, asi como las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces a nivel regional, MORDAZA responsables de la difusion, implementacion, monitoreo y supervision del Documento Tecnico, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 422-2005/MINSA, que aprobo la NT N° 027-MINSA/ DGSP-V.01: "Norma Tecnica para la Elaboracion de Guias de Practica Clinica", asi como todas las disposiciones que se opongan a la MORDAZA Tecnica de Salud que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1238274-3

El Peruano Lunes 18 de MORDAZA de 2015

de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, preve que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el MORDAZA de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Trans American Airlines S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronautica civil, una solicitud para la evaluacion de su personal aeronautico, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo No. 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa Trans American Airlines S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspeccion estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, la solicitud presentada por la empresa Trans American Airlines S.A., ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe No. 155-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe No. 162-2015-MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, la Ley No. 27619, la Ley No. 30281, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bastos, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 19 al 21 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de Ezeiza, Buenos Aires, Republica MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe No. 162-2015MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 155-2015-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Trans American Airlines S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- El Inspector autorizado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 219-2015 MTC/01.02 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa Trans American Airlines S.A. con registro P/D No. 051762 del 23 de marzo de 2015, y los Informes No. 162-2015-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 155-2015-MTC/12.04, de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el numeral 10.1 del articulo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades

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