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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2015 (19/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Martes 19 de mayo de 2015 552798 Cabo Blanco, en el Perú, es una Bahía Histórica, lo cual pondrían en conocimiento de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); Que, en la Declaración Presidencial emanada del Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, del 30 de octubre de 2014, los Jefes de Estado de ambos países dispusieron continuar los trabajos técnicos y estudios multidisciplinarios, enmarcados en la Declaración Conjunta sobre el Reconocimiento Internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica, luego del cual, el Grupo de Trabajo Peruano-Ecuatoriano se reúne continuamente con miras a elaborar el documento técnico respectivo, encontrándose en su etapa de revisión; Que, mediante Ofi cio RE (GAC) Nro. 2-12-B/169, del 24 de abril de 2015, el viceministro de Relaciones Exteriores invita al IMARPE, por medio del Blgo. Piero Rafael Villegas Apaza, a participar de la “Reunión del Grupo de Trabajo Peruano-Ecuatoriano para la revisión de los documentos de sustento sobre la Declaración Conjunta para el Reconocimiento Internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica”, el cual se llevará cabo en la ciudad de Quito, Ecuador, del 20 al 22 de mayo de 2015, conforme a la comunicación recibida por la Embajada de Ecuador en Lima, el 5 de mayo de 2015; Que, la participación del representante del IMARPE en el citado evento permitirá continuar con los trabajos llevados a cabo en el marco de la Declaración Conjunta del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica, lo cual ha sido durante los últimos cuatro años una política de estado de ambos países, siendo parte el IMARPE, de un proceso de entendimiento con la República del Ecuador en los temas ambientales y marinos, con propuestas de trabajo coordinado a futuro con sus instituciones de investigación marina; Que, la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura, por medio del Memorándum Nro. 211-2015/ DGIA, del 12 de mayo de 2015, considera pertinente la participación en el precitado evento del Blgo. Piero Rafael Villegas Apaza, quien ha asistido a las reuniones presenciales y virtuales previas en representación del IMARPE y ha realizado un trabajo de recopilación y análisis de información biológica y oceanográfi ca, publicada por este Instituto y otras fuentes, que coadyuvan al documento técnico de sustento para la declaración conjunta; precisándose además, que la citada participación sería fi nanciada íntegramente por el IMARPE; Que, la Jefa de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con Memorándum Nro. 190-2015-IMARPE- OGPP, del 14 de mayo de 2015, hace de conocimiento de la Dirección Ejecutiva Científi ca que existe la disponibilidad de Crédito Presupuestal para atender la participación del profesional en el precitado evento; Que, la Ley Nro. 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma norma establece, entre ellos, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por resolución del titular de la entidad; Con la conformidad de la Secretaría General, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por excepción, en Comisión de Servicios, del Blgo. Piero Rafael Villegas Apaza, Coordinador del Área Funcional de Investigaciones Marino Costero de la Dirección General de Investigaciones en Acuicultura, para participar en la “Reunión del Grupo de Trabajo Peruano-Ecuatoriano para la revisión de los documentos de sustento sobre la Declaración Conjunta para el Reconocimiento Internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica”, a realizarse en la ciudad de Quito, Ecuador, del 20 al 22 de mayo de 2015. Artículo 2°.- Los gastos de viaje que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán asumidos por el Pliego Presupuestal 240 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Meta Presupuestal: 20, según el siguiente detalle: Pasaje aéreo US $ 1,772.47 Viáticos ($370.00 x 04 días) US $ 1,480.00 TOTAL US $ 3,252.47 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional autorizado presentará un informe de participación al Despacho de la Dirección Ejecutiva Científi ca, con copia a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, describiendo las acciones realizadas y los logros obtenidos durante su permanencia en el evento al que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución, no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLA P. AGUILAR SAMANAMUD Directora Dirección Ejecutiva Científi ca 1238520-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN