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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2015 (24/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Domingo 24 de mayo de 2015 553248 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje del Procurador Público Ad Hoc a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2015-JUS Lima, 24 de mayo de 2015 VISTA, la comunicación de fecha 24 de mayo de 2015, del Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción; CONSIDERANDO: Que, el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción informa sobre la necesidad de realizar un viaje en comisión de servicios a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, con la fi nalidad de realizar acciones legales ante las autoridades del referido país, relativas al expediente de extradición Nº 26-2015, del ciudadano Martín Antonio Belaunde Lossio; Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2015- JUS, se designa al señor abogado Joel Freddy Segura Alania, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, como Procurador Público Ad Hoc, para representar al Estado peruano en los procesos que se deriven de la solicitud de refugio del ciudadano Martín Antonio Belaunde Lossio ante las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, así como en los procesos que deban seguirse ante ellas para asegurar su comparecencia ante la autoridad jurisdiccional peruana; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la comisión de servicios, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Joel Freddy Segura Alania, Procurador Público Ad Hoc, a efectos de desarrollar las correspondientes acciones para ejercer la defensa de los intereses del Estado; Que, los gastos que genere dicho viaje por concepto de viáticos, serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Joel Freddy Segura Alania, Procurador Público Ad Hoc, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 27 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos x 3 días US$ 1110.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el Artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1241462-5 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN