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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2015 (24/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Domingo 24 de mayo de 2015 553234 La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1240839-6 Aprueban expedición de duplicado de título profesional de Ingeniero Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0537 Lima, 6 de mayo de 2015 Visto el Expediente STDUNI Nº 2015-39175 presentado por el señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ, quien solicita duplicado de su diploma del Título Profesional de Ingeniero Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ, identifi cado con DNI Nº 40049411 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma del Título Profesional de Ingeniero Civil; por pérdida de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 012-2015-UNI/SG/UGT de fecha 17.04.2015, precisa que el diploma del señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ se encuentra registrado en el Libro de Títulos Profesionales Nº 17, página 126, con el número de registro 22706-G; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 12-2015, realizada el 27 de abril del 2015, previa revisión y verifi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Título Profesional de Ingeniero Civil al señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ; Que, el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 10 de fecha 30 de abril del 2015, acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Título Profesional de Ingeniero Civil al señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ; De conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, la expedición de duplicado del Título Profesional de Ingeniero Civil al señor MARCO AURELIO GÓMEZ CORTEZ, otorgado el 21 de abril del 2008, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector a.i. 1240382-1 Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingeniería, para participar en evento a realizarse en Canadá UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0603 Lima, 19 de mayo de 2015 Visto el Ofi cio Nº 159-VRI de fecha 04 de mayo de 2015, de l Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fi nes de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científi ca, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, el Consejo Universitario por Resolución Rectoral N° 0408 del 08 de marzo de 2013, autorizó la creación de un fondo intangible generado a partir de la retención del 0.25% de los recursos directamente recaudados, tanto de la Administración Central como de las Facultades, para fi nanciar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que, la Dra. Lupe Nerida Pizán Toscano mediante Carta de fecha 30 de abril de 2015, informa al Vicerrectorado de Investigación que ha recibido la invitación para exponer su trabajo de investigación en el World Congress on Medical Physics and Biomedical Engineering (WC 2015) que tendrá lugar en la ciudad de Toronto – Canadá, del 07 al 12 de junio de 2015; solicitando apoyo económico para asistir a dicho evento, de importancia como docente universitaria, para sus alumnos y de la Universidad Nacional de Ingeniería, por lo que signifi ca su participación en el citado evento científi co de reconocido prestigio internacional; Que, el World Congress on Medical Physics and Biomedical Engineering es un Congreso trienal de la Unión Internacional de Física y Ciencias de Ingeniería en Medicina (IUPESM), máxima organización de la International Fedaration for Medical Physics (IOMP); motivo por el cual el Vicerrector de Investigación solicita se brinde el apoyo económico para la compra de pasajes y los viáticos a favor de la Dra. Lupe Nerida Pizán Toscano; Estando a lo dispuesto por el Despacho del Rectorado mediante el Prov. N° 1277-2015/Rect., al Informe N° 267-OAM-SG-UNI-2015 del Área Legal de la Secretaría General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, artículo 25º, inciso b); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la Dra. LUPE NERIDA PIZÁN TOSCANO, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería exponga su trabajo de investigación en el World Congress on Medical Physics and Biomedical Engineering (WC 2015) que tendrá lugar en la ciudad de Toronto – Canadá, del 07 al 12 de junio de 2015. Artículo 2º.- Otorgar a la Dra. LUPE NERIDA PIZÁN TOSCANO, los pasajes y viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dicho conceptos irroguen su participación en el evento antes mencionado, que será fi nanciado con el fondo intangible creado por Resolución Rectoral N° 0408-2013, con el total del monto que a continuación se indica: Pasaje Aéreo ida y vuelta : US$ 1,600.00 Viáticos (curso, alojamiento Movilidad interna, alimentación) : US$ 1,320.00 ------------------- Total : US$ 2,920.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presentará el informe detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará, la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario